ORDENANZA Nº 34758
SANCIONADA: 29.03.2012
PROMULGADA: 11.04.2012
PUBLICADA: 11.04.2012
ARTICULO 1º.- Declárase de Interés Patrimonial el barco denominado “El Pingo”, que se encuentra en el predio ubicado en Avenida Gastelacotto y el Río Uruguay de la ciudad de Concordia, del Club de Pesca Concordia con Personería Jurídica Nº 230, fundado el 10 de Marzo del año 1929, dado que es el único buque de paletas que queda en la Argentina y según MAURO ALVES DA SILVA, de Salto- Uruguay, este Pingo fue traído por SATURNINO RIBES, para sus “Mensajerías Fluviales a Vapor”, en el año 1866, le hacia la competencia a la Nueva Compañías Salteña de Navegación a Vapor. En el año 1888, lo compra “La Platense” y a su vez es adquirido por el club de Pesca Concordia.
ARTICULO 2º.- Declárese de Interés Patrimonial e incorporase en el catálogo establecido en el Artículo 2º, inciso a) de la Ordenanza Nº 29.789 “Preservación Arquitectónica y Urbanística”, al Inmueble identificado con la Partida Provincial Nº 125517, Partida Municipal Nº 21282, Cuenta Municipal Nº 2602/01, propiedad del Club de Pesca Concordia, donde se localiza el Barco “El Pingo” de la ciudad de Concordia.
ARTICULO 3º.- Establézcase que la entidad social deberá permitir a la Municipalidad, con la intervención del Consejo Asesor de Protección del Patrimonio de Concordia, cuando así se disponga, la colocación de una placa identificatoria del inmueble catalogado, en un lugar visible de la fachada, donde se hará mención de su valor Patrimonial.
ARTICULO 4º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
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