DECRETO Nº 980/2006
FECHA: 23.08.2006
PUBLICADO: 24.08.2006
ARTICULO 1º.- Otórganse dos categorías adicionales a las actuales, a todo el personal municipal mensualizado que revistaba con categoría 6 a mayo del año 2003, comprendidos en el artículo 2º del decreto Nº 326/03 y que mantenían esta última condición a diciembre de 2005, en virtud de lo expresado en el considerando precedente.
ARTICULO 2º.- Dispónese que lo establecido en el artículo 1º del presente decreto tendrá vigencia a partir del 01 de julio del 2006.