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TITULO:   Código Descuento: Asociación Trabajadores del Estado
DECRETO Nº 342/2004 FECHA: 09.03.2004 PUBLICADO: 15.03.2004 ARTICULO 1º.- Disponer que por intermedio de la dirección de Recursos Humanos se proceda a la habilitación de un código de descuentos, en los recibos de haberes del personal municipal que así lo requieran, mediante el cual se retendrá a favor de la Mutual de la Asociación Trabajadores de Estado -ATE-, el monto que surja del resumen que mensualmente emitirá la referida entidad gremial, o lo que por prorrateo corresponda a la citada entidad gremial en caso de que los haberes sean insuficientes para cubrir todas las retenciones autorizadas por el agente, conforme a lo expresado en el considerando de la presente resolución. ARTICULO 2º.- Establecer que unicamente se procederá a efectuar el descuento al personal municipal que expresamente consientan el mismo. ARTICULO 3º.- La Mutual de la Asociación de Trabajadores del Estado -ATE- se deberá regir conforme al reglamento que dictará el Departamento Ejecutivo y que será oportunamente notificado. ARTICULO 4º.- El incumplimiento culpable por parte de la Mutual de cualquiera de la normativa del reglamento autorizará al Departamento Ejecutivo a disponer la baja del código autorizado por el artículo 1° del presente decreto. ARTICULO 5º.- Remitir a la dirección de Recursos Humanos a los fines de su conocimiento, toma de razón y cumplimiento.
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