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TITULO:   Encargados de Guardias y Responsables de Gestión Administrativa y Operativa: Dción de Tránsito
DECRETO Nº 1820/2011 FECHA: 23.08.2011 PUBLICADA: 26.08.2011 ARTICULO 1°.-._ Dejar sin efecto el Decreto Nº 2.143/2009 de fecha 11/12/2009. ARTICULO 2º.- Designar Encargados de Guardias, al personal de la Municipalidad de Concordia, Secretaria de Gobierno y Coordinación de Gabinete, Dirección de Transito y Transporte - División Transito - cuyo listado forma parte del presente como Anexo I; el que en funciones será subrogante del Jefe de División Transito en la Vía Pública y en las instalaciones de la Dirección de Transito y Transporte, cuando éste no se encontrara en servicio; siendo responsable de la organización y efectivo cumplimiento de las tareas programadas y de los operativos y controles que se realicen, así como del cuidado de los elementos dispuestos a dichos fines, de conformidad a lo expresado en el considerando precedente. ARTICULO 3º.- Designar Responsables de Gestión Administrativa y Operativa respectivamente de la División Transporte dependiente de la Dirección de Transito y Transporte de la Municipalidad de Concordia, al personal cuyo listado forma parte del presente como Anexo II y que tendrá las funciones y tareas que le asigne el Jefe de la División Transporte. ARTICULO 4º.- Dispónese que el personal designado en el Articulo 1 ° será asignado por el Jefe de la División Transito en sus horarios de prestación de manera de cubrir permanentemente los días y horarios de funcionamiento de la Dirección de Tránsito y Transporte, realizando las rotaciones de servicio que fueran necesarias. ARTICULO 5º.- Establécese que cuando alguno de los agentes designados fuere sancionado por alguna falta en el cumplimiento de sus deberes, será inmediatamente reemplazado, bastando para ello una Resolución del Departamento Ejecutivo Municipal. El agente desplazado del cargo no podrá volver a ocuparlo por el término mínimo de un (1) año. ARTICULO 6º.- Asignase a los Encargados de Guardias y Responsables de Gestión Administrativa y Operativa respectivamente de la Dirección de Tránsito y Transporte, indicados en los Anexos I y II, un adicional fijo mensual de PESOS TRESCIENTOS ($300.00.-) como retribución a la responsabilidad asumida. ARTICULO 7º.- Lo dispuesto en el presente Decreto, se efectúa como excepción al Decreto Nº 444/11. ARTICULO 8º.- Dispónese que los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto serán imputados a las partidas correspondientes al Presupuesto General de la Administración Municipal para el Ejercicio Económico 2011. ARTICULO 9º.- Comuníquese, regístrese, publíquese, remítase copia autenticada a la Dirección de Recursos Humanos para su conocimiento y notificación del personal detallado en los Anexos I y II a la Dirección de Transito y Transporte y al Departamento Liquidaciones dependiente de Secretaria de Economía y Hacienda, cumplido, dese a la Secretaria Gobierno y Coordinación de Gabinete y oportunamente archívese.
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