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TITULO:   Convenio c/ Ministerio de Producción (E. Ríos)
DECRETO Nº 006/2011 FECHA: 07.01.2011 PUBLICADO: 13.01.2011 ARTICULO 1º.- Ratifíquese en todos sus términos el Convenio de Financiamiento suscripto el 29 de Diciembre de 2010 entre la Municipalidad de Concordia y el Ministerio de Producción del Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, el que obra como Anexo I del presente. ARTICULO 2º.- Designase a la Dirección de Producción dependiente de la Subsecretaría de Producción, Trabajo, Ecología y Medio Ambiente, área responsable de implementar la inversión y ejecución de los fondos citados y de acuerdo a lo expresado en el considerando precedente, en el ámbito de la ciudad de Concordia. ARTICULO 3º.- Designase al Director de Producción, Sr. Horacio Darío Gilberto, DNI Nº 21.060.085, responsable administrativo de la ejecución y cumplimiento del convenio suscripto. ARTICULO 4º.- Comuníquese, regístrese, publíquese dese a la Secretaría de Gobierno y Coordinación de Gabinete, remítase a través de ésta copia autenticada a la Secretaría de Economía y Hacienda, Subsecretaría de Producción, Trabajo, Ecología y Medio Ambiente, Contaduría, Tesorería y oportunamente archívese. CONVENIO Entre el GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS, representado por el Señor Ministro de Producción, Contador Roberto Emilio SCHUNK, D.N.I. Nº 11.200.356, con domicilio en Oficina 74, Casa de Gobierno, de la Ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos, en adelante EL MINISTERIO, por una parte y por la otra, la MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA, representada por el señor Presidente Municipal, Contador GUSTAVO EDUARDO BORDET, D.N.I. Nº 14.998.054, con domicilio en calle Bartolomé Mitre Nº 76 de la Ciudad de Concordia, en adelante EL MUNICIPIO, reconociéndose recíprocamente el carácter, la personalidad y la representación con que comparecen, en adelante LAS PARTES acuerdan celebrar el presente Convenio, sujeto a la siguientes cláusulas y condiciones. ---------------------------------------------- PRIMERA.- LAS PARTES acuerdan definir a través del presente Convenio las condiciones para la utilización de la suma de PESOS CIEN MIL ($100.000=) que EL MINISTERIO compromete en este acto a favor de EL MUNICIPIO, en concepto de aporte no reintegrable asignado por EL MINISTERIO a favor de treinta y dos (32) productores apícolas integrantes de la Cooperativa Agropecuaria Apícola y Granjera "EL COLMENAR" Limitada, en adelante LA COOPERATIVA, integrado por el aporte no reintegrable de PESOS CUARENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS CINCO ($43.305=) otorgado en el marco del Convenio Nº 51/09 suscripto en fecha 30 de Diciembre de 2009 entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de La Nación y la Provincia de Entre Ríos, ratificado por el Decreto Nº 436/10 GOB, por el cual se instrumenta un programa de asistencia a los pequeños y medianos productores de la cadena apícola que se vieron afectados por la sequía ocurrida durante el año 2009 y por el aporte no reintegrable de PESOS CINCUENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO ($56.695=) otorgado en el marco del Convenio Nº 53/10 suscripto en fecha 18 de Mayo de 2010 entre el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA DE LA NACIÓN y la PROVINCIA DE ENTRE RIOS, con el objeto de instrumentar en forma conjunta, medidas de ayuda tendientes a fomentar y desarrollar políticas integrales que permitan atender las distintas problemáticas que presenta el sector agropecuario, conforme lo previsto en el Inciso a) de su ANEXO, aportes que LA COOPERATIVA destina al equipamiento y finalización de la construcción de una sala de extracción de miel con asiento proyectado en la ciudad de Concordia, en adelante EL PROYECTO; a tal fin LA COOPERATIVA autoriza a EL MINISTERIO a abonar directamente a EL MUNICIPIO la totalidad de los aportes asignados a los treinta y dos (32) productores apícolas que lo integran, según lo resuelto y manifestado en Acta que en original se agrega al presente, por el importe total de PESOS CIEN MIL ($100.000=).-------- (1) SEGUNDA.- EL MUNICIPIO se compromete a destinar el aporte que realice EL MINISTERIO conforme lo previsto en la cláusula anterior, para la ejecución de EL PROYECTO, asumiendo EL MUNICIPIO la responsabilidad de asegurar la inversión del aporte recibido de EL MINISTERIO con el destino previsto en este acto y efectuar la rendición pertinente ante LA COOPERATIVA y el TRIBUNAL DE CUENTAS de la Provincia de Entre Ríos.-------------------------------- TERCERA.- EL MINISTERIO, a través de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y DESPACHO bajo su dependencia, una vez suscripto de conformidad el presente documento procederá a efectivizar el importe supra definido mediante cheque extendido a nombre de EL MUNICIPIO sobre la Cuenta Corriente Nº 90024/7 a nombre de la Dirección de Administración de la Ex Secretaría de la Producción, Sucursal Paraná Centro.------------------------------------ (1) Mediante Decreto Nº 7/2011 se dispuso la apertura de una cuentra extrapresupuestaria donde se deberá registrar la transferencia y aporte de los fondos recibidos por la Municipalidad, provenientes desde el Gobierno Provincial para el desarrollo apícola.
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