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TITULO:   Convenio c/ Asoc. Civil Promúsica
DECRETO Nº 2612/2010 FECHA: 06.12.2010 PUBLICADO: 10.12.2010 ARTICULO 1º.- Ratificase en todos sus términos, el Convenio suscripto el día 11 de Noviembre de 2010 entre la Municipalidad de Concordia, representada por su Presidente Municipal, Contador, Gustavo Eduardo Bordet, asistido por el Señor Secretario de Gobierno, Turismo, Producción y Deportes, Cr. Guillermo Miguel Canaglia y los Sres. Presidente y Tesorero de la Asociación Civil Promúsica de Concordia, representada por los Señores, Rubén Antonio Fracalossi y Ricardo Guillermo Bonato. ARTICULO 2º.- Disponer reconocer y abonar el mes de Noviembre/10 y los pagos que se devenguen hasta cumplimentar el período de 36 meses a la Asociación Civil Promúsica de Concordia, representada por su Presidente Dn. Rubén Antonio Fracalossi Documento Nacional de Identidad Nº 08.416.156 Y su Tesorero Dn. Ricardo Guillermo Bonato Documento Nacional de Identidad Nº 11.255.705, la suma de Pesos Dos Mil ($2.000.-), - con cargo de rendición de cuentas - en virtud del cumplimiento del Convenio de Cooperación ratificado por el Artículo 1 ° del presente Decreto, debiendo la Secretaria de Gobierno, Turismo, Producción y Deportes, iniciar el trámite administrativo de pago mensual a condición que la institución de cumplimiento al convenio. ARTICULO 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Convenio, en la partida: 0.4.90.01.03.04.34.02 Gobierno ARTICULO 4°.- Remitir copia del presente Decreto, a la Sres. Rubén Antonio Fracalossi y Ricardo Guillermo Bonato, para su conocimiento, toma de razón y demás efectos. ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. CONVENIO En la ciudad de Concordia, provincia de Entre Ríos, a los once días del mes de noviembre de 2010, entre la Municipalidad de Concordia representada en este acto por su Presidente Municipal Cr. GUSTAVO EDUARDO BORDET D.N.I. Nº 14.998.054, asistido por el Secretario de Gobierno, Turismo y Producción Cr. GUILLERMO MIGUEL CANAGLlA D.N.I. Nº 13.171.677 con domicilio legal en calle Bartolomé Mitre Nº 76 de esta ciudad, en adelante LA MUNICIPALIDAD, por una parte, y por la otra la Asociación Civil Promúsica de Concordia, sin fines de lucro, representada en este acto por su presidente y por el tesorero de la Asociación Dn. RUSEN ANTONIO FRACALOSSI D.N.I. 8.416.156 Y Cr. RICARDO GUILLERMO BONATO D.N.I. 11.255.705 respectivamente, denominada LA ASOCIACIÓN, con domicilio legal en calle Entre Ríos Nº 612, oficina 6, de la ciudad de Concordia, y teniendo en cuenta la importancia que representa para nuestra ciudad la creación de una Escuela Superior de Música a desarrollarse, según convenio, en la U.T.N., Universidad Tecnológica Nacional, Regional Concordia, es que se acuerda celebrar el presente Convenio de Colaboración: PRIMERA: La Asociación Civil Promúsica de Concordia, se compromete a desarrollar el proyecto e implementar los cursos de la Escuela Superior de Música e iniciar las actividades académicas mediante un ciclo evaluatorio o nivelatorio en marzo de 2011 y la Tecnicatura en Música a partir del año 2012, procurando realizar las gestiones correspondientes para la implementación de la Licenciatura en Música.------------------------------------------------- SEGUNDO: La Asociación se compromete a otorgar a la Municipalidad un cupo de diez (10) becas de alumnos, los que a su vez serán reconocidos como integrantes de la Asociación sin pago de cuota societaria.------------------- TERCERO: La Asociación deberá presentar a la Municipalidad el acuerdo con la UTN, Universidad Tecnológica Nacional, autorizando la actividad académica con detalle de su realización, presupuesto, Plan de Estudios, duración, cronograma y alcance del título.--------------------------- CUARTO: LA MUNICIPALIDAD se compromete a abonar la suma de pesos DOS MIL ($ 2.000.-) mensuales a partir de la firma del presente convenio a LA ASOCIACION, a fin de cumplir con las tareas administrativas pertinentes y solventar, en parte, los gastos que demande el pago de sueldos y el desarrollo de la carrera Tecnicatura en Música. Debiendo la ASOCIACIÓN, emitir la correspondiente factura y/o recibo oficial bajo condición de rendición de cuentas conforme ordenanza Nº 33.369 y un informe mensual referido a las actividades que justifiquen el pago del subsidio.---------- QUINTO: Coordinación y Seguimiento. A los efectos de la coordinación y cumplimiento de este Convenio, las partes acuerdan que por LA MUNICIPALIIDAD lo hará un representante de la Dirección Municipal de Cultura y por LA ASOCIACION su presidente.------------------------------------------------ SEXTO: El presente contrato tendrá una duración de tres (3) años a partir de la firma del presente, a cuyo vencimiento las partes podrán convenir su prórroga y pactar las nuevas condiciones en su caso.------------------------------------ SÉPTIMO: En caso de diferencias en la aplicación, ejecución o interpretación de este Convenio, las partes convienen en someterlas a consideración de sus respectivas autoridades, las que actuarán en forma conjunta a los efectos de su resolución de acuerdo al elevado propósito del mismo. Se suscriben tres ejemplares de igual tenor, uno para cada una de las partes y uno para reserva en el municipio quienes, expresan su total conformidad al presente con lo precedentemente establecido.-------------------------------
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