RESOLUCION Nº 34349
SANCIONADA: 04.11.2010
PROMULGADA: 10.11.2010
PUBLICADA: 12.11.2010
ARTICULO 1º.- EXIMASE al Auto Moto Club Concordia del pago de los derechos y tasas sobre espectáculos públicos respecto de los eventos encuadrados por este gravamen en el Código Tributario Municipal.
ARTICULO 2º.- Dejar de manifiesto que la presente exención no alcanza al fondo de discapacidad previsto en Ordenanza Nº 25.965.
ARTICULO 3º.- La presente exención alcanza solamente a los eventos y actividades organizadas por la institución beneficiaria, no así los terceros que alquilen y/o utilicen cualquier titulo el autodromo local; debiendo el Auto Moto Club Concordia ante cada evento acreditar ante el Departamento Inspección general dicho extremo.
ARTICULO 4º.- El incumplimiento de la condición prevista en el articulo anterior producirá la caducidad de pleno derecho del beneficio otorgado por la presente, haciendo solidariamente responsable al Auto Moto Club Concordia de los importes dejados de percibir por este Municipio.
ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.