ORDENANZA Nº 34309
SANCIONADA: 16.09.2010
PROMULGADA: 27.09.2010
PUBLICADA: 18.10.2010
ARTICULO 1°. - Ratifíquese el Decreto Nº 286/2010, de fecha 22/02/2010, por el cual se convalida la Carta de Adhesión al proyecto Casa de la Historia y la Cultura del Bicentenario previa modificación presupuestaria contemplando los aportes a recibir por parte de la Secretaría de Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, cuya copia se adjunta al presente y forma parte del mismo como Anexo I.
ARTICULO 2°.- Establécese que el Subsidio Institucional otorgado, a favor de la Municipalidad de Concordia, será aplicado, pura y exclusivamente a la construcción de una casa de la historia y la cultura del bicentenario, a construirse dentro del predio ubicado en calle Moulins esquina calle María López de la Localidad de Concordia, cuyos datos catástrales son los siguientes: Zona de Chacras- Chacras N° 12- Plano de Mensura N° 23.080-Fracción d, Superficie siete hectáreas, cuarenta y nueve áreas, sesenta y siete centiarias (7hs, 49As, 67Cs), limites y linderos: Norte: recta (1-2) al S.78°59', E de 66,00m, que linda Avenida Pte. Illía. Este: tres rectas, a saber (2-3) S 11°01'0, de 61,70m; (3-4) S. 78° 59', E de 98,30m, ambas lindan con Jorge Carlos Fuch y (4-5) S. 11° 01'0 de 431,50 m, que linda con Jorge Carlos Fuch. Y con Alberto Mario Duch. SUR: Recta (5-6) N 78°59'0 de 164,30 m, que linda con calle Moulins y OESTE: Recta (6-1) N 11° 01 E de 493,20 m, que linda con calle Carlos María López y con Cooperativa de Vivienda y Consumo Frontera Ltda.. La fracción correspondiente dentro del mencionado predio, para efectuar dicha construcción cuenta con una superficie de CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE METROS CUADRADOS, (437,00 m2).
ARTICULO 3°.- Disponese que a través de la Dirección de Rentas Municipal y la Contaduría Municipal se efectúe la creación de una Cuenta Extra Presupuestaria -Subsidio no reintegrable-CASA DEL BICENTENARIO- que registrará los ingresos y las inversiones realizadas, perfectamente individualizada con el aditamento de "Subsidio no reintegrable del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social".
ARTICULO 4º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a disponer de los fondos, provenientes del Ministerio mencionado, y aplicar un Régimen de Compra por excepción, invirtiéndolo de la Siguiente manera:
Rubro: Aporte: Municipalidad de Concordia Montos
Materiales $ 151.339
Mano de Obra Especializada $ 67.800
Herramientas y Equipos $ 3.200
Aportes y Contribuciones $ 32.300
Seguro de ART-para trabajadores a contratar $ 15.360
TOTAL $ 269.999
RUBRO: Aporte: Sec. de Empleo MONTO 1º 2º
del Min. de Trabajo, Empleo TRANSF. TRANSF.
y Seguridad Social
Materiales $ 150.000 $ 120.000 80% $ 30.000 20%
Herramientas, ropa de trabajo $ 8.800 $ 8.800 100%
y elementos de seguridad.
Capacitación (Honorarios Tutor) $ 7.000 $ 4.200 60% $ 2.800 40%
Total $ 165.000 $ 133.000 $ 32.800
Contrato (16) Jóvenes programa
Jóvenes por mas y mejor trabajo $ 134.400
por seis meses
Total $ 299.400
ARTICULO 5 °- Dispónese que el régimen de excepción autorizado en el Artículo 4° será implementado mediante "Compra directa", previo Cotejo de precio, en ambos casos haciendo extensiva la participación a proveedores no inscriptos, procedimiento que instrumentará el Departamento Ejecutivo Municipal,
ARTICULO 6 °.- Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar los diferentes Contratos estipulados en la "CARTA DE ADHESION AL PROYECTO CASA DE LA HISTORIA Y LA CULTURA DEL BICENTENARIO", cuya copia se acompaña, a los efectos de garantizar la correcta ejecución de los trabajos previstos en la misma, con personal especializado en la materia.
ARTICULO 7 °.- Dispónese que el Departamento Ejecutivo Municipal, deberá remitir para conocimiento de este Honorable Concejo Deliberante, una vez cumplido los procedimientos administrativos, informe respecto de los gastos y erogaciones efectuadas.
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