RESOLUCION Nº
FECHA: 24.06.1997
ARTICULO lº.- Dispónese autorizar al Departamento Inspección General dependiente de la Dirección de Rentas a destruir las entradas provenientes de los Espectáculos Públicos que se realicen en el ámbito del Municipio de Concordia, una vez realizados los controles correspondientes y luego de pasados cinco (5) días hábiles desde la realización del espectáculo en el caso de haberse abonado los derechos correspondientes.-
En el caso de no haber sido abonado los derechos correspondientes, luego de transcurridos los treinta (30) días de la realización del espectáculo y previa confección del Acta correspondiente suscripta por los Inspectores intervinientes y el Jefe del Dpto. Inspección General podrá procederse a destruirlas.
ARTICULO 2º.- El Departamento Inspección General deberá elevar las actuaciones pertinentes para conocimiento de la Dirección de Rentas, una vez destruidas.
ARTICULO 3º.- Pase a la Dirección de Rentas, Dpto. Inspección General y oportunamente archívese.