DECRETO Nº 778/2005
FECHA: 29.06.2005
PUBLICADO: 14.07.2005
ARTICULO 1º.- Establécese que será obligatorio para todo el personal municipal, cualquiera sea su situación de revista y de función, dentro de la administración pública municipal, portar en el pecho la credencial identificatoria que al efecto le provea la dirección de Recursos Humanos.
ARTICULO 2º.- El incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1º del presente decreto, dentro de los horarios habituales de cada agente municipal, será pasible de una sanción disciplinaria de conformidad a las disposiciones previstas en el artículo 39º y siguientes de la ordenanza de Escalafón nº 11275/49 y sus modificatorias