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TITULO:   Ampliación Planta Urbana
ORDENANZA Nº 27034 SANCIONADA: 23.12.1993 PROMULGADA: 23.12.1993 ARTICULO 1º.- Ampliase la planta urbana de Concordia, la que quedará comprendida dentro de los límites que se fijan a continuación y que se gratifican en los planos anexos, que pasan a formar parte de la preferente Ordenanza. Partiendo de la intersección de calles Diamante y Mario H. Gatto, por esta hasta C. Veiga, por esta hasta el Bvard. Ayuí, por esta hasta Carretera Mons. Rosch, por esta hasta calle pública, por esta hasta calle Laprida, por esta hasta calle pública divisoria de las Chacras 3 y 4, por esta hasta las vías del Ferrocarril Concordia Salto Grande, por estas hasta la Avenida Independencia, por esta hasta calle Entre Ríos, por esta hasta las vías del Ferrocarril Concordia - Paraná, por esta hasta calle Alvear, por esta hasta el Bvard. Ayuí, por esta hasta calle Ituzaingó, por esta hasta las vías del Ferrocarril Concordia-Paraná, por esta hasta calle Chile, por esta hasta calle Italia, por esta hasta calle España, por esta hasta calle Diamante y por esta hasta calle Mario H. Gatto, Límites graficados en el plano anexo I.- Partiendo de la intersección de calles Nos. 55 y 150, por esta hasta Bvard. Yuquerí, por esta hasta calle J.J. Valle, por esta hasta calle Nº 58, por esta hasta la Avda. Pdte. Illia, por esta hasta calle Nº 59, por esta hasta calle Nº 142, por esta hasta calle pública, por esta hasta calle P. Sauré, por esta hasta calle Nº 59. por esta hasta calle J.J. Valle, por esta hasta calle Nº 57, por esta hasta la Prolongación de calle J. Lieberman, por esta hasta calle Nº 55 y por esta hasta calle Nº 150, Límites graficados en el plano anexo I.- Partiendo de la intersección de calles Virgen de Fátima y la prolongación de J. Lieberman, por esta hasta calle Nº 63, por esta hasta calle J. J. Valle, por esta hasta calle Virgen de Fátima y por esta hasta la prolongación de calle J. Lieberman, Límites graficados en el plano anexo I.- Partiendo de la intersección de calles Nº 61 y J. J. Valle, por esta hasta calle 60, por esta hasta calle Nº 142, por esta hasta calle Nº 61, y por esta hasta calle J. J. Valle. Límites graficados en el plano anexo I.- Partiendo de la intersección de calles Nº 60 y Del Cerro, por esta hasta el Bvard. Yuquerí, por este hasta la prolongación de calle Mendiburu, por esta hasta calle Nº 60 y por esta hasta calle del Cerro. Límites gratificados en el plano anexo I. En el sector norte del barrio Villa Zorraquín, partiendo de la intersección de calle Nº 13 y pública , por esta hasta la carretera Mons. Rosch, por esta hasta calle Nº 2, por esta hasta calle Nº 13 y por esta hasta calle pública. En el sector Sur del mismo Barrio, partiendo de la intersección de calles Nº 13 y 16, por esta hasta la Carretera Mons. Rosch, por esta hasta calle Nº 18, por esta hasta calle Nº 13 y por esta hasta calle Nº 16, Límites graficados en el plano anexo II.- En el Barrio Villa Adela, partiendo de la intersección de calles Guatemala y la Avda. Pdte. Perón, por esta hasta calle Bolivar, por esta hasta calle San Cayetano, por esta hasta calle Honduras, por esta hasta calle Juan XXIII, por esta hasta calle Guatemala y por esta hasta la Avda. Pdte Perón. Límites Graficados en el plano Anexo III.- ARTICULO 2º.- Dispónese que la numeración de las manzanas deberá responder a los planos que se han confeccionado a tales efectos y que será la Dirección de Catastro, quien emita, la nueva nomenclatura catastral.-
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