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TITULO:   Proyecto Casas de la Historia y la Cultura del Bicentenario: Adhesión
DECRETO 286/2010 FECHA: 22.02.2010 PUBLICADO: 05.03.2010 ARTICULO 1º.- Ratifíquese la "CARTA DE ADHESION AL PROYECTO CASAS DE LA HISTORIA Y LA CULTURA DEL BICENTENARIO", suscripto entre la Municipalidad de Concordia y el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, cuya copia se acompaña como Anexo I, conforme a lo expresado en el considerando precedente. ARTICULO 2º.- Dispónese que en cuanto a la confección de Contratos indicados en la "CARTA DE ADHESION AL PROYECTO CASAS DE LA HISTORIA Y LA CULTURA DEL BICENTENARIO", el Departamento Liquidaciones, dependiente de la Secretaría de Economía y Hacienda procederá al respecto. ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. ANEXO I CARTA DE ADHESIÓN AL PROYECTO CASAS DE LA HISTORIA Y LA CULTURA DEL BICENTENARIO (OPCIÓN CONTRATACIÓN DE TRABAJADORES) El que suscribe Gustavo BORDET D.N.I. N° 14.998.054 en mi carácter de representante legal de MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA inscripto/a en el REGISTRO DE INSTITUCIONES DE CAPACITACIÓN Y EMPLEO (REGICE) bajo el Nº 24001103, con domicilio legal en Bartolomé Mitre 76 (C.P 3200) Provincia de ENTRE RIOS, manifiesto con carácter de declaración jurada conocer y aceptar el marco regulatorio del PROYECTO CASAS DE LA HISTORIA Y LA CULTURA DEL BICENTENARIO (Convenio del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 155/09 Y Resolución de la SECRETARIA DE EMPLEO N° 1.319/09), y las instrucciones y reglas previstas para la ejecución del proyecto de obra aprobado, asumiendo además los compromisos, pautas y condiciones particulares expresados a continuación: COMPROMISOS DEL ORGANISMO EJECUTOR: • GENÉRICOS 1) Administrar con eficiencia y eficacia los recursos que aporte la SECRETARIA DE EMPLEO para la concreción del Proyecto Nº 1 aprobado por su Resolución N° /1O, asignándolos al pago de los rubros previstos a fin de alcanzar la meta establecida, de acuerdo a lo detallado en la presente Carta. 2) Cumplir con el financiamiento comprometido para la compra de materiales y para la contratación de las/os DIECISEIS (16) trabajadoras/es desocupados que participarán del proyecto de obra aprobado y con las metas físicas del proyecto de obra aprobado. 3) Cumplir con la normativa urbanística, constructiva y de seguridad vigente en la jurisdicción de la localidad donde se realizará la obra. 4) Someterse para la resolución de cualquier controversia que surja de la participación en el PROYECTO CASAS DE LA HISTORIA Y LA CULTURA DEL BICENTENARIO, a la competencia de los Tribunales Federales de la Ciudad Autónoma Buenos Aires. • EN LA EJECUCIÓN DE LA OBRA 5) Iniciar las actividades del proyecto de obra dentro de los CINCO (5) días corridos de efectuado el depósito de la primera transferencia por parte de la SECRETARIA DE EMPLEO. 6) Contratar por un período de SEIS (6) meses la cantidad de trabajadoras/es desocupadas/os comprometida en el proyecto de obra aprobado, mediante un contrato de trabajo de tiempo determinado, dando prioridad en la selección a las/os participantes del Programa Jóvenes con Más y Mejor Trabajo y del Seguro de Capacitación y Empleo. 7) Abonar mensualmente a las/os trabajadoras/es desocupadas/os contratadas/os la diferencia salarial que pudiere corresponder por la categoría laboral acordada, luego de descontar los PESOS UN MIL CUATROCIENTOS ($ 1.400) que la SECRETARIA DE EMPLEO le asignará en forma directa a cada trabajador/a, y realizar los aportes y contribuciones a la Seguridad Social. 8) Contratar los servicios de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) que brinde cobertura a las/os trabajadoras/es desocupadas/os contratadas/os. 9) Presentar mensualmente en la Gerencia de Empleo y Capacitación Laboral (via fax, correo postal o electrónico) constancia de los aportes y contribuciones a la Seguridad Social realizados respecto de cada trabajador/a contratado/a. 10) Adquirir y entregar el kit de herramientas, ropa de trabajo y elementos de seguridad a las/os trabajadoras/es desocupadas/os contratados dentro del término de SESENTA (60) días de efectuada la transferencia de fondos asignados para este rubro por la SECRETARIA DE EMPLEO. El kit de herramientas para cada trabajador deberá incluir: 1 martillo carpintero (22 mm) 1 cortafierro (3/4" 254 mm) 2 lápices carpintero 1 plomada punto 300 gr 1 metro doble madera 1 cucharón (Nº 5) 1 fratacho madera (40 cm) 1 tenaza armador (279 mm) 1 cinta métrica (5cm X 16 mm) 1 maza 1 ½ kg 1 cuchara albañil (Nº 7) 1nivel burbuja (aluminio 400 mm) Los elementos de seguridad y ropa de trabajo deberán comprender: 1 casco de plástico con soporte interno regulable de goma 1 par de botines de seguridad c/ punta acero y cuero descarne 1 juego de pantalón y camisa de trabajo 1 par de guantes de descarne 1 antiparra plástica 11) Informar por escrito a la Gerencia de Empleo y Capacitación Laboral cualquier modificación al Proyecto, los cuales quedarán sujetos a la aprobación de dicha Gerencia. 12) En caso de ser necesario el reemplazo de algún/a trabajador/a, comunicar dicha novedad por escrito a la Gerencia de Empleo y Capacitación Laboral antes del día QUINCE (15) del mes siguiente en el cual cesara sus actividades el/la trabajador/a a reemplazar, y presentar copia del nuevo contrato o el Alta Temprana del trabajador; debiendo asegurar la provisión de los correspondientes elementos de seguridad, ropa de trabajo y kit de herramientas al nuevo trabajador. 13) Garantizar la participación en la obra de un equipo especializado compuesto de los siguientes perfiles: UN (1) director de obra, UN (1) capataz y TRES (3) medio oficiales u oficiales, cuya contratación estará a su exclusivo cargo. • PARA LAS ACCIONES CAPACITACIÓN EN OBRA 14) Celebrar un contrato de locación de obra por el plazo de CINCO (5) meses con el tutor propuesto en el proyecto; de acuerdo al modelo provisto por la Gerencia de Empleo y Capacitación Laboral, previa aprobación del curso formativo desarrollado por el tutor conforme los requerimientos de la SECRETARIA DE EMPLEO. 15) Garantizar que el tutor desarrolle exclusivamente actividades destinadas a la capacitación de las/os trabajadoras/es en la obra, no permitiendo que asuma otro tipo de responsabilidades o funciones, tales como las propias del director de la obra o del capataz. 16) Abonar al tutor la suma mensual de PESOS UN MIL CUATROCIENTOS ($ 1.400) en concepto de honorarios, previa autorización por escrito por parte de la Gerencia de Empleo y Capacitación Laboral y requiriendo la presentación de factura o recibo por parte del mismo. • METAS DEL PROYECTO 17) Alcanzar las metas físicas previstas en el proyecto de obra aprobado: Metas físicas UNIDAD CANTIDAD Superficie de la obra M2 437 • EN LA ESTRUCTURA DE COSTOS 18) Cumplir con el financiamiento comprometido para la ejecución del proyecto de conformidad con la estructura de costos y condiciones que se detallan a continuación: Aportes del Organismo Ejecutor: Rubro Monto Materiales $151.339,00 Mano de Obra especializada $ 67.800,00 Herramientas y Equipos $ 3.200,00 Aportes y Contribuciones $ 32.300,00 Seguro de ART p/ trabajadores a contratar $ 15.360,00 Total $ $269.999,00 Aportes de la Secretaría de Empleo: Monto Primera Segunda Rubro Aprobado transferencia transferencia Materiales $150.000,00 $120.000,00 80% $30.000,00 20% Herramientas, ropa de trabajo $ 8.800,00 $ 8.800,00 100% y elementos de seguridad Capacitación (honorarios tutor)$ 7.000,00 $ 4.200,00 60% $2.800,00 40% Total $ $165.800,00 $133.000,00 $32.800,00 Asimismo, la SECRETARIA DE EMPLEO mensualmente transferirá a las/os trabajadoras/es desocupadas/os contratadas/os por el Organismo Ejecutor la suma de PESOS UN MIL CUATROCIENTOS ($1.400), durante la vigencia de sus respectivos contratos y por un plazo máximo de SEIS (6) meses. El reemplazo de trabajadoras/es no modificará el límite máximo a ser financiado por la SECRETARIA DE EMPLEO por este concepto. Requisitos para recibir las transferencias de recursos a cargo de la Secretaria de Empleo: A) Primera transferencia: Presentar en la Gerencia de Empleo y Capacitación Laboral: a) la presente Carta de Adhesión, debidamente firmada, b) constancia de Alta Temprana o copia de los contratos celebrados con las/os trabajadoras/es desocupadas/os en donde deberá identificarse nombre, apellido, fecha de nacimiento, C.U.I.L., período de contratación y remuneración mensual del/la trabajador/a, c) Planilla anexa que refleje los datos sustanciales de los contratos, indique la diferencia salarial a cargo del Organismo Ejecutor - si la hubiere -los montos a destinar al pago de los aportes y contribuciones a la Seguridad Social e identifique la ART contratada. B) Segunda transferencia: a) Alcanzar el NOVENTA POR CIENTO (90%) o más de las metas físicas previstas de forma tal que la infraestructura esté en condiciones de ser puesta en funcionamiento a la brevedad; b) haber entregado las herramientas, los elementos de seguridad y ropa del trabajo a las/os trabajadoras/es contratadas/os y c) haber desarrollado las actividades de capacitación previstas. La SECRETARIA DE EMPLEO transferirá los fondos comprometidos a la cuenta del Banco de la Nación Argentina indicada en el Formulario de Presentación del proyecto aprobado. • RENDICIÓN DE CUENTAS 19) Observar para la rendición de cuentas de fondos recibidos de la SECRETARIA DE EMPLEO, el Reglamento General para la Rendición de Cuentas de fondos presupuestarios transferidos a gobiernos provinciales o municipales, previsto por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 1.169/07 y por la Resolución de la SECRETARIA DE EMPLEO Nº 964/08. • SANCIONES 20) Aceptar que en caso de incumplimiento de los compromisos asumidos, la SECRETARIA DE EMPLEO podrá, previa intimación para su subsanación o presentación del descargo pertinente, requerir el reintegro en un plazo de QUINCE (15) días hábiles de las sumas dinerarias desembolsadas para el desarrollo del proyecto, y/o inhabilitar al Organismo Ejecutor para participar en programas de empleo implementados o a implementarse por el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL por hasta UN (1) año. A todos los efectos relacionados con la participación en el PROYECTO DE CASAS DE LA HISTORIA Y LA CULTURA DEL BICENTENARIO se constituye el domicilio legal declarado precedentemente en el cual será válida cualquier notificación judicial o extrajudicial.
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