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TITULO:   Desapariciones Forzadas de Concordienses: Esclarecimiento, Individualización y Castigo de responsables
DECRETO Nº 497/2010 FECHA: 22.03.2010 PUBLICADO: 29.03.2010 ARTICULO 1º.- Declarar de Interés Municipal el esclarecimiento, la individualización y castigo de todos los responsables de las desapariciones forzadas de los concordienses: Vicente Victor Ayala, Raúl María Caire, Francisco Pacífico Díaz, Enrique Fioritto, Ileana Gómez, Roberto Julio Jornet, Jorge Oscar Koffman, Alfredo Elías Kohon, Raúl Ramón Maschio, Orlando René Mendez, María Inés Menescardi de Odorisio, Alberto Teodoro Noailles, Roberto Miguel Odorisio, Leticia Margarita Oliva de Mendez, Jorge Emilio Papetti, Ana María Quinteros de Lezcano, Susana Beatriz Quinteros de Morillo, Julio Alberto Solaga, Mario Valerio Sanchez, Sixto Francisco Zalasar. ARTICULO 2º.- Declarar de interés Municipal y solicitar la apertura de todos los archivos en los que se tenga referencia de hechos de lesa humanidad y de los personeros que participaron directa o indirectamente en la desaparición forzada de personas con sede en Concordia o relacionada a los hechos descritos en el artículo 1ro del presente. ARTICULO 3°.- Declarar de interés Municipal la investigación por delitos de Lesa Humanidad caratulada "Fiscal General solicita desarchivo Causa Desaparición de personas - Área Concordia" en el Juzgado Federal de la ciudad de Concepción del Uruguay.- ARTICULO 4°.- Disponer la apertura y puesta disposición de todo registro o archivo del Cementerio de Concordia del 08.06.75 al 31.03.1979 a la Oficina de Derechos Humanos de la Municipalidad de Concordia.- ARTICULO 5°.- Disponer se realice por el Archivo de la Memoria de la Oficina de Derechos Humanos de la Municipalidad de Concordia la recopilación y sistematización de testimonios y piezas pertenecientes a las causas donde se investigan las desapariciones forzadas de personas nombradas en el artículo 1° del presente y habilitarlas a consulta pública. ARTICULO 6°.- Disponer que el Archivo de la Memoria de la Oficina de Derechos Humanos de la Municipalidad de Concordia instrumente los medios para recibir, sistematizar y custodiar todo testimonio sobre las desapariciones forzadas descritas en el artículo 1° del presente y el atesoramiento de los datos biográficos de los ciudadanos designados en el articulo 1ro de este decreto, poniéndolos a disposición de establecimientos escolares y a todo público.- ARTICULO 7°.- Disponer se efectúe la publicación en la pagina Web municipal de un enlace en la Secretaría de Coordinación y Control de Gestión de los datos ordenados en el artículo 5° y un breve detalle de los de los indicados en el artículo 4° del presente.- ARTICULO 8º.- Notifíquese a los interesados, comuníquese, publíquese, regístrese, dése a la Secretaría de Gobierno, Turismo, Producción y Deportes y oportunamente archívese.-
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