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TITULO:   Adicional por Puntualidad y Asistencia
DECRETO Nº 25422/1991(1) FECHA: 19.12.1991 PUBLICADO: 19.12.1991 ARTICULO 1º.- Establécese que a partir del 1ro de diciembre de 1991 el adicional por puntualidad y asistencia fijado por decreto nº 23006 se liquidará en la forma dispuesta en el artículo 1º siguiente. ARTICULO 2º.- Determínase que el referido adicional será equivalente al 10% (diez por ciento) del salario básico de la categoría 19 del Escalafón Municipal vigente a la fecha de pago más el 7,5% (siete con cincuenta centésimos por ciento) del salario básico que corresponda a cada agente beneficiario. ARTICULO 3º.- Las erogaciones que demande el cumplimiento del presente serán imputadas a las partidas de personal pertinentes. (1) Este decreto fue dictado ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante, el que, mediante ordenanza nº 25453, aprobó el mismo .- Remitirse al texto completo de la ordenanza que obra en el Digesto Municipal.-
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