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TITULO:   Coordinación General Programas Especiales
DECRETO Nº 468/2010 FECHA: 17.03.2010 PUBLICADO: 29.03.2010 ARTICULO 1.- Crear la Coordinación General de Programas Especiales, tendrá la responsabilidad de gestionar en instancias Nacionales recursos para promover y desarrollar acciones del gobierno local que serán coordinadas con cada una de las Secretarias de nuestro gobierno y colaborar en todas las tareas y funciones que le sean establecidas ó indicadas por los responsables superiores jerarquicos. ARTICULO 2°.- Incluir dentro de la estructura orgánica, administrativa y funcional de la actual Subsecretaría de Producción, Trabajo, Ecología y Medio Ambiente dependiente de la Secretaria de Gobierno, Turismo, Producción y Deportes, creada a través del Decreto N° 1545/07, la Coordinación General de Programas Especiales que tendrá rango de Dirección de acuerdo a la normativa vigente y dependerá directamente de la Subsecretaria de Producción, Trabajo, Ecología y Medio Ambiente cuya misión y función se establecen en el presente Decreto. (1) ARTICULO 3°.- Designase Coordinador General de Programas Especiales de la Subsecretaria de Producción, Trabajo, Ecología y Medio Ambiente de la Secretaria de Gobierno, Turismo, Producción y Deportes de la Municipalidad de Concordia al Señor Roberto Andrés TRIBULATTI, Documento Nacional de Identidad N° 22402439, clase 1972 para el cumplimiento y desempeño de las funciones previstas en el Articulo 1 ° del presente Decreto a partir del día de la fecha. ARTICULO 4°.- La presente disposición se dicta de conformidad a lo previsto en al Articulo 16° y 19º de la Ordenanza N° 33.545/07 y en el Articulo 55° de la Ordenanza N° 33.546/07. (2) ARTICULO 5°.- Refrendara el presente Decreto el Señor Secretario de Gobierno, Turismo, Producción y Deportes. ARTICULO 6°.-Comuníquese, publíquese dése a la Secretaria de Gobierno, Turismo, Producción y Deportes y oportunamente archívese. (1) Mediante Ordenanza Nº 34725 se creó la Secretaría de Producción. (2)Las Ordenanzas Nºs 33545 y 33546 fueron expresamente derogadas por Ordenanza Nº 34725.
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