DECRETO Nº 25663/1992
FECHA: 21.04.1992
PUBLICADO: 21.04.1992
ARTICULO 1º.- Dispónese el funcionamiento de la Junta de Calificación, la que será integrada por: el Secretario de Gobierno y Hacienda, el Secretario de Obras y Servicios Públicos, el Secretario de Bienestar Social, el Secretario de Prensa y Ceremonial, el Director de Personal, quien oficiará como secretario de la Junta de Calificación, y por el Jefe de la Oficina cuyo personal corresponde calificar.
ARTICULO 2º.- Establécese que dentro de los cinco días próximos a contar de la fecha del presente, se lleve a cabo una reunión de la mencionada Junta de Calificación a fin de que instrumente la metodología para llevar a cabo su cometido, ajustándose su accionar a la ordenanza respectiva.
ARTICULO 3º.- Dispónese se comunique lo resuelto a todas las áreas dependientes de este Departamento Ejecutivo y al Honorable Concejo Deliberante a sus efectos.-