Servicios | Online

Cerrar

Imprimir

TITULO:   Asignación por Hijo Legítimo o Reconocido
ORDENANZA Nº 22311 SANCIONADA: 19.07.1985 PROMULGADA: 31.07.1985 ARTICULO 1º.- El personal dependiente de la Municipalidad de Concordia tendrá derecho a percibir, además de las asignaciones familiares que le correspondan por la aplicación de la legislación general vigente, un subsidio igual al que rige para los hijos legítimos o reconocidos, por los menores a cargo. ARTICULO 2º.- Para tener derecho al cobro del subsidio, el empleado deberá aportar al departamento de Personal de la Municipalidad testimonio o certificado expedido por la autoridad judicial o administrativa competente que lo haya acordado. ARTICULO 3º.- Los empleados que cumplimenten los requisitos del artículo anterior, tendrán derecho a percibir el subsidio a partir del mes siguiente al que presenten la documentación correspondiente. ARTICULO 4º.- A los efectos que pudieran corresponder, serán de aplicación supletoria la ley nº 18017 y las resoluciones nº 592/72 y 13160/83 (1) (1) la ley nacional nº 18017 establece disposiciones referidas a las asignaciones familiares.
Secretaría de Hacienda y Finanzas Públicas
Departamento de Sistemas - Dirección de Informática - ©
webmaster@concordia.gob.ar
www.concordia.gob.ar