TITULO: Instalación de Carteles en Salas de Juegos
ORDENANZA Nº 34056
SANCIONADA: 05.11.2009
PROMULGADA: 17.11.2009
PUBLICADA: 18.11.2009
ARTICULO 1º.- Dispóngase la instalación obligatoria de carteles adecuadamente visibles con la leyenda: "JUGAR COMPULSIVAMENTE ES PERJUDICIAL PARA LA SALUD" en todas las salas de juegos de casinos, bingos y máquinas tragamonedas que funcionan en el ámbito del Municipio de la ciudad de Concordia sean estas públicas o privadas, como así también en los locales de quiniela, y lotería.
ARTICULO 2º.- Dispóngase el plazo de sesenta (60) días para que todas las salas de juego de casino, bingos, máquinas tragamonedas y locales de quiniela y loterías que funcionen en el ámbito del Municipio de Concordia, sean estos públicos o privados, instalen la cartelera dispuesta en el Art. 1º del presente proyecto de ordenanza.
ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.