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TITULO:   Control de Expendio y Uso Indebido de Pinturas en Aerosol
ORDENANZA Nº 34052 SANCIONADA: 04.06.2009 PROMULGADA: 17.11.2009 PUBLICADA: 18.11.2009 ARTICULO 1º.- Prohíbase en toda la ciudad de Concordia la venta de pintura en aerosol a menores de 21 años de edad. ARTICULO 2º.- Los comercios que expendan estos artículos deberán llevar un registro, los datos personales de los adquirentes de tales productos, consignando fecha de venta, apellido y nombre, número de documento, domicilio, cantidad, marca, tipo y color del producto adquirido. ARTICULO 3º.- Dicho registro será de carácter confidencial, pudiéndose exhibir únicamente a las autoridades de aplicación de la presente ordenanza, autoridades policiales y judiciales. ARTICULO 4º.- El Departamento Ejecutivo deberá llevar un registro de todos los comercios habilitados para la venta de pinturas en aerosol. ARTICULO 5º.- Los comercios habilitados para la venta de pinturas en aerosol deberán abonar una tasa de inscripción 5 juristas. ARTICULO 6º.- Remitir copia de la presente ordenanza a los comercios que expendan pintura en aerosol o productos similares. SANCIONES ARTICULO 7º.- A los comerciantes que infrinjan la presente ordenanza en su artículo 1º se sancionarán con multa de 10 a 500 juristas. Además de la pena de multa fijada precedentemente, el Juez de Faltas podrá imponer, desde la primera contravención, como accesoria, la inhabilitación hasta noventa (90) días a la prestación de los servicios. ARTICULO 8º.- A las personas que utilicen indebidamente estos productos, será sancionado con una multa de 10 a 500 juristas. Y deberán reparar el daño causado, conforme informe del área de arquitectura de la municipalidad de Concordia. Si los infractores fueran menores de edad, serán responsables los padres de reparar el daño causado. ARTICULO 9º.- La Municipalidad de Concordia, deberá remitir copia certificada de las actuaciones que se instruyan en cumplimiento del Art. 8º de la presente, al Juzgado en turno de la ciudad. ARTICULO 10º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
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