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TITULO:   Area Guardería Evita- Nivel 1
DECRETO Nº 1549/2009 FECHA: 16.09.2009 PUBLICADO: 18.09.2009 ARTICULO 1º.- Establécese que el Área Guardería Evita dependiente de la Secretaría de Salud y Desarrollo Social, creada a través del Artículo 27º del Decreto Nº 062/08, tendrá Nivel 1 de acuerdo a la escala salarial vigente y de conformidad con lo previsto en el Artículo 5º del Decreto Nº 593/2005, a partir del 01/08/2009, en virtud de lo expresado en el Considerando precedente. ARTICULO 2º.- Ratifíquese en el cargo de Jefe de Área Guardería EVITA, a la agente municipal DORIS MAGDALENA LEDESMA, DNI Nº 11.686.282, Legajo Nº 1990, para el cumplimiento de las funciones indicadas en el Artículo 27º del Decreto Nº 062/2008, y que tendrá Nivel 1 de acuerdo a la escala salarial vigente, a partir del día 01/08/2009, de conformidad con lo expresado en el considerando precedente. ARTICULO 3º.- La presente disposición se dicta de conformidad con lo previsto en el Artículo 16º de la Ordenanza Nº 33545/07 y el Artículo 55º de la Ordenanza Nº 33546/07 y como excepción al Decreto Nº 423/2009, de acuerdo a los fundamentos que obran en el considerando precedente. (1) ARTICULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Secretaría de Gobierno, Turismo, Producción y Deportes, remítase a través de ésta copia autenticada a la Dirección de Recursos Humanos, Departamento Liquidaciones y oportunamente archívese. (1) Estas ordenanzas fueron expresamente derogadas por Ordenanza Nº 34725, que estableció un nuevo Organigrama para la Administración Municipal, pasando la anterior Secretaría de Salud y Desarrollo Social a denominarse Secretaría de Salud y Deportes, creandose la Secretaría de Desarrollo Social. La Guardería Evita pasó a depender de la Secretaría de Desarrollo Social.
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