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TITULO:   Productividad 5% Juzgado de Faltas
RESOLUCION FECHA: 26.08.1998 ARTICULO 1º.- Dispónese que el total de lo recaudado por los Juzgados de Faltas Nros. 1 y 2 de nuestra ciudad mensualmente será asignado el 5% para la adquisición de equipamiento (computadoras, muebles, útiles, etc.) de los Juzgados de Faltas y el 5% en concepto de Productividad a distribuirse en partes iguales entre los Servidores Públicos que desempeñen funciones en dicha área del Municipio con excepción de los Señores Jueces de Faltas.- ARTICULO 2º.- Establécese que no se encuentran comprendidos en lo dispuesto en el artículo 1º de la presente Resolución: a) Lo percibido en concepto de las multas conforme al Convenio suscripto entre el Municipio de Concordia y Gendarmería Nacional y b) Diversos impuestos. ARTICULO 3º.- A los fines de la aplicación de lo dispuesto en el artículo 1º los Juzgados de Faltas Nros. 1 y 2 mensualmente deberán elevar a la Dirección de Contaduría la nómina del personal a la que corresponde abonar la productividad, debiendo esta Dirección efectuar las liquidaciones pertinentes y girar para su aprobación al Departamento Ejecutivo Municipal. ARTICULO 4º.- La Sub-Secretaría de Coordinación Económica y Hacienda deberá tomar intervención a los fines del cumplimiento de lo establecido en el artículo 1º de la presente Resolución de conformidad a la disponibilidad económica y financiera de la Comuna. ARTICULO 5º.- La presente disposición entrará en vigencia a partir del 1º de Agosto de 1998. ARTICULO 6º.- Remítase para su conocimiento y demás efectos a la Sub-Secretaría de Coordinación Económica y Hacienda, Dirección de Personal, tome debida nota y notifíquese, Juzgados de Faltas Nros. 1 y 2, Dirección de Contaduría y oportunamente resérvese como antecedente en la Dirección de Personal.
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