TITULO: Programa Sustitución Bolsas de Polietileno-tipo camiseta no biodegradable-
ORDENANZA N° 33796
SANCIONADA: 27.11.2008
PROMULGADA: 12.12.2008
PUBLICADA: 22.12.2008
ARTICULO 1°.- Implementar en el ámbito del municipio de la ciudad de Concordia, el Programa de sustitución de bolsas de polietileno, tipo camiseta no Biodegradable, por otras confeccionadas con materiales "degradables"; "Oxobiodegradables"; "Hidrobiodegradables, u otras confeccionadas con materiales de similares características que permitan una pronta degradación. Los materiales o reactivos a utilizar deberán ser Sustancias "No Tóxicas", en todos los casos respetando las normativas vigentes.
ARTICULO 2°.- El Departamento Ejecutivo, a través de las áreas de competencia, se constituirá como la Autoridad de Aplicación de la presente ordenanza.
ARTICULO 3°.- MODALIDADES Y PLAZOS:
El Departamento Ejecutivo implementará en un plazo que no podrá superar el término de 24 meses a partir de la promulgación de la presente ordenanza el Programa consignado en el artículo 1°.
El reemplazo será gradual comenzando por las cadenas de comercialización, las grandes superficiales y los entes oficiales.
La realización de campañas de difusión y concientización sobre el uso racional del material no biodegradable.
ARTICULO 4°.- SANCIONES:
La Autoridad de Aplicación podrá actuar de oficio ante cualquier denuncia a los efectos de lograr el fiel cumplimiento de la presente Ordenanza.
En caso de incumplimiento, previa intimación fehaciente de la obligación de regularizar la situación y verificación de dicha circunstancia, la misma podrá aplicar las siguientes sanciones:
Apercibimiento: ante el primer incumplimiento.
Multa: cuando se verifique la no regularización ante el apercibimiento se aplicará una multa graduable entre 100 y 200 juristas.
Clausura o inhabilitación que podrá ser de tres a treinta días cuando ante las dos sanciones anteriores se reincida con la falta de regularización del programa.
ARTICULO 5°.- FONDOS:
Los fondos recaudados en concepto de multa se afectarán a una cuenta especial la que se utilizará para solventar las campañas de difusión y el cumplimiento de lo prescripto en la ordenanza. Además se llevará un registro de los infractores con el objeto de ejercer el control y el seguimiento de los mismos.