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TITULO:   Programa Sustitución Bolsas de Polietileno-tipo camiseta no biodegradable-
ORDENANZA N° 33796 SANCIONADA: 27.11.2008 PROMULGADA: 12.12.2008 PUBLICADA: 22.12.2008 ARTICULO 1°.- Implementar en el ámbito del municipio de la ciudad de Concordia, el Programa de sustitución de bolsas de polietileno, tipo camiseta no Biodegradable, por otras confeccionadas con materiales "degradables"; "Oxobiodegradables"; "Hidrobiodegradables, u otras confeccionadas con materiales de similares características que permitan una pronta degradación. Los materiales o reactivos a utilizar deberán ser Sustancias "No Tóxicas", en todos los casos respetando las normativas vigentes. ARTICULO 2°.- El Departamento Ejecutivo, a través de las áreas de competencia, se constituirá como la Autoridad de Aplicación de la presente ordenanza. ARTICULO 3°.- MODALIDADES Y PLAZOS: El Departamento Ejecutivo implementará en un plazo que no podrá superar el término de 24 meses a partir de la promulgación de la presente ordenanza el Programa consignado en el artículo 1°. El reemplazo será gradual comenzando por las cadenas de comercialización, las grandes superficiales y los entes oficiales. La realización de campañas de difusión y concientización sobre el uso racional del material no biodegradable. ARTICULO 4°.- SANCIONES: La Autoridad de Aplicación podrá actuar de oficio ante cualquier denuncia a los efectos de lograr el fiel cumplimiento de la presente Ordenanza. En caso de incumplimiento, previa intimación fehaciente de la obligación de regularizar la situación y verificación de dicha circunstancia, la misma podrá aplicar las siguientes sanciones: Apercibimiento: ante el primer incumplimiento. Multa: cuando se verifique la no regularización ante el apercibimiento se aplicará una multa graduable entre 100 y 200 juristas. Clausura o inhabilitación que podrá ser de tres a treinta días cuando ante las dos sanciones anteriores se reincida con la falta de regularización del programa. ARTICULO 5°.- FONDOS: Los fondos recaudados en concepto de multa se afectarán a una cuenta especial la que se utilizará para solventar las campañas de difusión y el cumplimiento de lo prescripto en la ordenanza. Además se llevará un registro de los infractores con el objeto de ejercer el control y el seguimiento de los mismos.
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