DECRETO Nº 1047/2008
FECHA: 11.08.2008
PUBLICADO: 13.08.2008
ARTICULO 1º.- Dispónese reconocer y abonar al personal municipal indicado en el Anexo II, los adicionales no remunerativos, que se indican en el Anexo I que forman parte integrante de la presente disposición, a partir del día 1º de Julio de 2008, conforme a los motivos invocados y señalados en el considerando del presente decreto.- (1)
ARTICULO 2º.- Autorízase al Departamento Liquidaciones dependiente de la Secretaría de Economía y Hacienda, crear un nuevo código a efectos de liquidar en los haberes de los empleados municipales, en cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, como asimismo a efectuar y realizar las liquidaciones pertinentes a todo el personal municipal comprendido en la medida dispuesta en el artículo 1º del presente decreto.-
ARTICULO 3º.- Remítase a la Dirección de Recursos Humanos a los fines de su conocimiento, toma de razón y notificación, cumplimentado remitir a la Contaduría y Tesorería Municipal para su conocimiento y demás efectos.-
(1) No se transcribe el Anexo II puesto que detalla personal municipal destinado a percibir el adicional mencionado.
ANEXO I- DECRETO Nº 1047/08
a) Dirección de Electrotecnia, la suma de Pesos Cuarenta ($ 40) durante los meses de Julio y Agosto 2008 respectivamente. A partir del día 1º de Septiembre de 2008 la suma de Pesos Ochenta ($ 80) mensual.-
b) Unidad Operativa Puerto, la suma de Pesos Cincuenta ($ 50) durante los meses de Julio y Agosto 2008 respectivamente. A partir del día 1º de Septiembre de 2008 la suma de Pesos Cien ($ 100) mensual.-
c) Dirección de Mantenimiento de calles sin Pavimentar (choferes de máquinas y camiones) la suma de Pesos Cuarenta ($40) durante los meses de Julio y Agosto 2008 respectivamente. A partir del día 1º de Septiembre de 2008 la suma de Pesos Ochenta ($ 80) mensual.-
d) Dirección de Tránsito, la suma de Pesos Cincuenta ($ 50) durante los meses de Julio y Agosto 2008 respectivamente. A partir del día 1º de Septiembre de 2008 la suma de Pesos Cien ($ 100) mensual.