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TITULO:   Espacios para Carga y Descarga
ORDENANZA N° 33658 SANCIONADA: 10.07.2008 PROMULGADA: 31.07.2008 PUBLICADA: 04.08.2008 ARTICULO 1°.- Creáse 10 (diez) nuevos espacios reservados para áreas de carga y descarga de mercaderías, los que tendrán una extensión máxima de 15 metros de longitud, contados a partir de la imaginaria que se extiende desde línea Municipal de edificación hasta la calzada, los vehículos realizarán el estacionamiento en una sola fila de circulación; los nuevos espacios se ubicarán en las siguientes calles e intersecciones: A. Calle Entre Ríos entre Catamarca y Corrientes; acera Oeste. B. Calle San Luís entre San Martín y Aristóbulo del Valle; acera este. C. Calle Urquiza entre Alberdi y Catamarca; acera oeste. D. Calle 1° de Mayo entre Urquiza y Pellegrini; acera sur. E. Calle Corrientes entre Entre Ríos y Urquiza; acera norte. F. Calle Urquiza entre Quintana y Bernardo de Irigoyen; acera oeste. G. Calle 1° de Mayo entre Entre Ríos y Urquiza; acera Sur. H. Calle Urdinarrain entre San Luís y Entre Ríos; acera Sur. I. Calle Alberdi entre Urquiza y Pellegrini; acera sur. J. Calle Buenos Aires entre Hipolito Irigoyen y Pellegrini; acera norte. Tal como consta en croquis que como Anexo A forma parte integrante de la presente.- (1) ARTICULO 2°.- HORARIO DE CARGA Y DESCARGA: Queda establecido que los horarios para carga y descarga, seguirá regido por el artículo 4º de la ordenanza nº 27282/94; a excepción de los VEHICULOS de hasta 3500kg. Que podrán realizar carga y descarga en el horario de 0:00 a 11:00 hs., de 13:00 a 18:00 y de 20:00 a 24: 00 hs. Quedando facultado el Departamento Ejecutivo Municipal a restringir el mismo de manera temporaria y por causas debidamente fundada, con vista al Honorable Concejo Deliberante. ARTICULO 3º.- Dispónese que los espacios reservados para carga y descarga existentes, así también como los creados por la presente ordenanza, se señalizarán con pintura amarilla refractaria en la calzada y carteles indicadores en ambos extremos de los espacios delimitados.- ARTICULO 4º.- Queda establecido que el Departamento Ejecutivo adoptará las medidas necesarias para su adecuada señalización.- (1) Por cuestiones de optimimización del programa es que no se transcribe el croquis mencionado. Para su consulta remitirse a la Oficina Digesto Municipal.
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