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TITULO:   Premio al Mérito
ORDENANZA Nº 29752 (Texto ordenado con las modificaciones introducidas por Ordenanzas Nºs 34118 y 34928) SANCIONADA: 06.11.1997 PROMULGADA: 19.11.1997 ARTICULO 1º.- Establecer un reconocimiento que se denominará Premio Municipal al Mérito a un alumno por división de los cursos terminales de los establecimientos de nivel primario y secundario y un alumno por cada nivel de enseñanza de las Escuelas Especiales de acuerdo a lo establecido en la Ley Federal de Educación Nº 9890/09 para lo cual las instituciones escolares tendrán en cuenta las cualidades establecidas en el anexo de la Ordenanza Nº 29752/97.- (/) ARTICULO 2º.- El premio consistirá en una medalla recordatoria donde deberá consignarse, en el anverso la leyenda "Premio al Mérito", y el año de edición, y en el reverso las iniciales del Honorable Concejo Deliberante, mas un diploma que certifique la distinción otorgada.- (/) ARTICULO 3º.- El mismo podrá ser declarado desierto si la institución escolar considera que no hay alumno que reúna las condiciones requeridas en la Ordenanza Nº 29752/97.- (=) ARTICULO 4º.- La organización de dicho evento estará a cargo de la Comisión de Deporte, Cultura y Educación del Honorable Concejo Deliberante y de la Dirección de Prensa y Ceremonial de la Municipalidad de Concordia.- (/) ANEXO CUALIDADES A TENER EN CUENTA PARA SER MERECEDOR DEL PREMIO "AL MERITO" -INSERCION AL MEDIO SOCIAL ESCOLAR -PARTICIPACION -RESPONSABILIDAD -CONDUCTA ACORDE AL REGIMEN DE CONVIVENCIA DE LA INSTITUCION -AGENTE MOVILIZADOR DEL MEDIO EN EL QUE CONVIVE - ESFUERZO Y DEDICACION PUESTO AL SERVICIO DE SUPERAR DIFICULTADES Y OBTENER O ALCANZAR LAS METAS EDUCATIVAS. -SOLIDARIDAD -COMPAÑERISMO (/) (=) Artículo modificado por Ordenanza Nº 34118. (/) Artículos modificados por Ordenanza Nº 34928
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