Servicios | Online

Cerrar

Imprimir

TITULO:   Seguro de Vida Colectivo
ORDENANZA Nº 16666 (1) SANCIONADA Y PROMULGADA: 27.11.1967 ARTICULO 1º.- Incorpórase al Personal de la Municipalidad de Concordia en el Seguro de Vida Colectivo, instituído por la Caja Nacional de Ahorro Postal, con un capital básico obligatorio de $200000 m/n y con una prima de $0,80 m/n por cada mil pesos de capital asegurado.- ARTICULO 2º.- El pago de la prima correspondiente estará a cargo del asegurado. La Municipalidad, actuará como Agente de Retención. (1) Esta ordenanza fue aprobada por resolución ministerial nº 453 M.G.J.E. el 9/11/1967.
Secretaría de Hacienda y Finanzas Públicas
Departamento de Sistemas - Dirección de Informática - ©
webmaster@concordia.gob.ar
www.concordia.gob.ar