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TITULO:   Comisión Municipal de Lucha contra el SIDA
ORDENANZA N° 25656 SANCIONADA: 02.04.1992 PROMULGADA: 20.04.1992 PUBLICADA: 20.04.1992 ARTICULO 1°.- Créase la Comisión Municipal de lucha contra el SIDA.- ARTICULO 2°.- Dicha Comisión funcionará en el ámbito de la Secretaría de Bienestar Social, quien será el organismo convocante.- ARTICULO 3°.- Dicha Comisión tendrá como función coordinar todas las medidas que se deben tomar para prevenir y/o tratar esta enfermedad.- ARTICULO 4°.- Aconsejará sobre el tema a las autoridades de Salud Municipal, Provincial y Nacional.- ARTICULO 5°.- Organizará campañas de divulgación de la enfermedad y su forma de prevenirla.- ARTICULO 6°.- Organizará cursos y conferencias relacionadas a este tema.- ARTICULO 7°.- Trabajará en forma conjunta con los funcionarios dedicados a este tema.- ARTICULO 8°.- Adecuará el Programa Provincial de Lucha contra el SIDA -una vez aprobado- a la realidad local.- ARTICULO 9°.- La Comisión estará integrada por un representante del Departamento Ejecutivo; un representante del Honorable Concejo Deliberante; un representante de la Secretaría de Salud Pública de la Provincia de Entre Ríos; un representante del Poder Judicial; un representante del Consejo Departamental de Escuelas; un representante de las Fuerzas de Seguridad; un representante de la Iglesia y un representante de las Comisiones Vecinales.- ARTICULO 10°.- Una vez conformada esta Comisión, la misma tendrá potestad para convocar las organizaciones intermedias, de servicios y personas de capacidad científica relevante como también todo ciudadano que dicha Comisión considere útil para tal fin.- ARTICULO 11°.- Funcionarán como asesores naturales las siguientes instituciones: Asociación Médica de Concordia; Circulo Odontológico de Concordia; Colegio de Psicólogos de Concordia. Y otras instituciones que en el futuro sean creadas a tal fin.- ARTICULO 12°.- El Departamento Ejecutivo Municipal reglamentará la presente ordenanza dentro de los treinta (30) días de la promulgación.- ARTICULO 13°.- Derógase la ordenanza N° 24251 y toda otra disposición que se oponga a la presente.-
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