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TITULO:   Convenio con Dción de Enseñanza Secundaria-Consejo General de Educación
DECRETO Nº 475/2008 FECHA: 16.04.2008 PUBLICADO: 16.04.2008 ARTICULO 1º.- Ratifícase en todos sus términos, el convenio suscripto el día 15 de abril de 2008, entre la Municipalidad de Concordia, representada por su Presidente Municipal, Contador, Gustavo Eduardo Bordet, asistido por el Señor Secretario de Gobierno, Turismo y Producción, Contador, José Horacio Bechara y la Dirección de Enseñanza Secundaria del Consejo General de Educación de la Provincia de Entre Ríos, representada por la Señora Directora Profesora María Mercedes Roude, asistida por la Dirección Departamental de Escuelas de Concordia del Consejo General de Educación de Entre Ríos. Representado por su titular el Profesor, Saúl José Dri, que consta de cinco (5) cláusulas y cuya copia forma parte integrante del presente decreto como anexo I.- ARTICULO 2º.- Remitir nota de estilo, adjuntando copia del presente decreto, a la Dirección de Enseñanza Secundaria del Consejo General de Educación de la Provincia de Entre Ríos y a la Dirección Departamental de Escuelas de Concordia dependiente del Consejo General de Educación de Entre Ríos, para su conocimiento y demás efectos.- CONVENIO ENTRE EL CONSEJO GENERAL DE EDUCACIÓN-DIRECCION DE ENSEÑANZA SECUNDARIA AREA ADULTOS Y JOVENES-Y LA MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA POR LA PUESTA EN MARCHA DEL BACHILLERATO PARA EMPLEADOS MUNICIPALES. En la Ciudad de Concordia a los quince días del mes de abril de Dos Mil Ocho, entre la Municipalidad de Concordia, representada en este acto por el Señor Presidente Municipal Cr. Gustavo Eduardo Bordet, asistido por el señor Secretario de Gobierno, Turismo y Producción Cr. José Horacio Bechara, constituyendo domicilio en la calle Bartolomé Mitre Nº 76, por una parte, y por la otra Dirección de Enseñanza Secundaria del Consejo General de Educación de la Provincia de Entre Ríos, representada en este acto por la Señora Directora Profesora María Mercedes Roude, constituyendo domicilio en Córdoba y Laprida -2º piso de la Ciudad de Paraná-,Entre Ríos asistida por la Dirección Departamental de Escuelas de Concordia del Consejo General de Educación de Entre Ríos representado en este acto por el titular Profesor Saúl José Dri con domicilio en la calle Buenos Aires Nº 61, declaran y convienen, de común acuerdo las siguientes cláusulas: PRIMERA: El presente convenio tiene la finalidad de procurar intensificar las relaciones entre las entidades firmantes para la puesta en marcha y funcionamiento de la Escuela de Bachillerato Para Empleados Municipales de esta ciudad.- SEGUNDA: En el marco de los objetivos enumerados en la cláusula precedente la Municipalidad de Concordia se compromete a proveer de: 1. El espacio indispensable para su funcionamiento adecuado; 2. Los muebles e insumos adecuados para la administración; 3. Los muebles e insumos adecuados para el desarrollo del ciclo lectivo correspondiente; 4. El Coordinador (Rector Organizador), Personal Administrativo y Personal de Limpieza.- TERCERA: la Dirección de Enseñanza Secundaria Área de Educación Para Adultos del Consejo General de Educación se compromete a: 1. Reconocer los estudios proyectados y/o cursados en los ciclos lectivos; 2. Solventar los Sueldos/Salarios de los docentes que tendrán a cargo la concreción de las cátedras respectivas, comprometiéndonos a convocar Concurso Público y Abierto, de acuerdo a la normativa vigente en el C.G.E. para estas designaciones.- CUARTA: Las partes signatarias observarán en sus relaciones el mayor espíritu de colaboración y las mismas se basarán en los principios de la buena fe y cordialidad en atención a los altos fines procurados de común con la celebración de este acuerdo.- QUINTA: En caso de diferencias en la aplicación, ejecución o interpretación de este convenio, las partes convienen en someterlas a consideración de sus respectivas autoridades, las que actuarán en forma conjunta a los efectos de su resolución.-
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