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TITULO:   Coordinación Cívica de Villa Zorraquín
DECRETO Nº 308/2008 FECHA: 12.03.2008 PUBLICADO: 12.03.2008 ARTICULO 1º.- Dipónese incluir dentro de la estructura orgánica, administrativa y funcional de la Secretaría de Gobierno, Turismo y Producción de la Municipalidad de Concordia, creada a través del Decreto nº 1545/07, la Coordinación Cívica de Villa Zorraquín dependiente del titular de la Secretaría que tendrá como finalidad y función coordinar todas aquellas iniciativas, inquietudes y necesidades comunitarias que al efecto realicen personas, asociaciones, instituciones de bien público, de dicha jurisdicción ante las autoridades y areas competentes de la Municipalidad de Concordia, la que funcionará en Villa Zorraquín.- ARTICULO 2º.- Desígnase Coordinadora Cívica de Villa Zorraquín dependiente de la Secretaría de Gobierno, Turismo y Producción de la Municipalidad de Concordia, a la Señora, MARIA LUCIA ALEGRE, Documento Nacional de Identidad Nº 5.822.305, Clase 1943, con domicilio en Nuestra Señora del Luján Nº 321 de Villa Zorraquín, quien cumplirá y desempeñará las tareas y funciones establecidas en el artículo 1º del presente decreto, en forma ad-honorem, a partir del día de la fecha.- (1) ARTICULO 3º.- Facultar a la Señora, María Lucía Alegre, a solicitar a la Secretarías, Direcciones y todas aquellas dependencias y áreas municipales creadas a través de las ordenanzas nº 33545/07 y 33546/07 y sus decretos reglamentarios la colaboración necesaria a los fines del cumplimiento de los objetivos trazados por esta Administración Pública Municipal.-(1) ARTICULO 4º.- la presente disposición se dicta de conformidad a lo previsto en los artículos 16º y 19º de la ordenanza nº 33545/07 y en el artículo 55º de la ordenanza nº 33546/07.- ARTICULO 5º.- Establécese que dependerá de la Coordinación Cívica de Villa Zorraquín, todo el personal municipal afectado para el cumplimiento de las tareas y funciones inherentes al área.- (1) ARTICULO 6º.- Refrendarán el presente decreto, los Señores Secretarios integrantes del Departamento Ejecutivo Municipal.- (1) Los artículos señalados perdieron vigencia en virtud de las disposiciones establecidas por Decreto Nº 337/2010
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