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TITULO:   Varias calles
ORDENANZA N° 24669 SANCIONADA: 26.04.1990 PROMULGADA: 03.05.1990 PUBLICADA: 07.05.1990 ARTICULO 1°.- Oficialízase con el nombre de Pasaje Mainez, a la arteria ubicada en la manzana 10 norte - 17 oeste que nace a la altura del n° 525 de Avenida Las Heras y se prolonga una cuadra hacia el norte hasta calle Pirovano.- ARTICULO 2°.- Oficialízase con el nombre de Pasaje San Agustín, a la arteria ubicada en las manzanas 19 norte - 12, 13 y 14 este que nace a la altura del n° 1575 de calle Belgrano y se prolonga tres cuadras hacia el este hasta calle Lucas González.- ARTICULO 3°.- Oficialízase con el nombre de Santo Vega, al sector de calle que nace a la altura del n° 1075 de calle Balcarce y se prolonga hacia el norte hasta Avenida San Lorenzo.- ARTICULO 4°.- Oficialízase con el nombre de Juan Moreira, al sector de calle que nace a la altura del n° 1025 de calle Martín Fierro y se prolonga hacia el norte hasta Avenida San Lorenzo.- ARTICULO 5°.- Oficialízase con el nombre de Islas Malvinas, al sector de calle que nace a la altura del n° 975 de calle Balcarce y se prolonga hacia el norte hasta Avenida San Lorenzo.- ARTICULO 6°.- Oficialízase con el nombre de Tierra del Fuego, al sector de calle que nace a la altura del n° 925 de calle Balcarce y se prolonga hacia el norte hasta Avenida San Lorenzo.- ARTICULO 7°.- Oficialízase con el nombre de Martín Fierro, al sector de calle que nace a la altura del n° 1225 de calle Villaguay y se prolonga hacia el este hasta calle n° 48.- ARTICULO 8°.- Oficialízase con el nombre de Carretera La Cruz, al sector de calle que nace a la altura de las intersecciones de calle Laprida y n° 64 y se prolonga en forma diagonal en orientación sur oeste hasta el Arroyo Yuquerí Grande.- ARTICULO 9°.- Oficialízase con el nombre de Pasaje Libertad, al sector de calle que nace en Boulevard Chacabuco entre 25 de Mayo y Sarmiento y se prolonga hacia el sur.- ARTICULO 10°.- Oficialízase con el nombre de Pasaje Gloria, al sector de calle que nace en Boulevard Chacabuco entre Sarmiento y San Luis y se prolonga hacia el sur.- ARTICULO 11°.- Oficialízase con el nombre de Pasaje El Chorro, al sector de calle ubicado en la manzana 17 directamente al oeste y nace a la altura de calle Federación al 625 y se prolonga hacia el oeste hasta calle Feliciano.- ARTICULO 12.- Oficialízase con el nombre de Gaucho Rivero, al sector de calle ubicado en manzana 12 norte - 11 oeste conocida también por calle La Piedad. Este sector de calle es prolongación natural de la que por ordenanza n° 18567/75 se la denominó precisamente "Gaucho Rivero", se ubica este tramo entre calle Perú y Concejal Veiga ratificándose así lo estatuido en la ordenanza n° 10567/75.- ARTICULO 13°.- La numeración a asignar a los domicilios será el que corresponda según la altura en que se encuentra cada una de éstas, referidas al resto de la nomenclatura urbana sobre las calles nominadas, según los artículos 8°, 9° y 10° para los cuales se faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a asignarle numeración según lo aconsejado por los organismos técnicos: Dirección de Planeamiento Urbano y Sub-Dirección de Catastro Municipal.-
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