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TITULO:   Viáticos Inspectores
DECRETO N° 862/2007 FECHA: 11.09.2007 PUBLICADO: 14.09.2007 ARTICULO 1°.- El Departamento Ejecutivo comparte las consideraciones sobre la importancia de las funciones desempeñadas por los inspectores municipales conforme han sido expuestas en los considerandos precedentes, y estima pertinente recomendar a las comisiones que trabajan en la elaboración del proyecto de ordenanza para la reformulación del escalafón municipal, la inclusión de la figura del inspector municipal. ARTICULO 2°.- Dispónese la actualización de los viáticos de los inspectores municipales consignados en el anexo I, elevándolos a SESENTA PESOS ($ 60) a partir del 1° de septiembre de 2007. ARTICULO 3°.- Dispónese que el Departamento Liquidaciones instrumente las medidas pertinentes para abonar el monto establecido en el artículo 2° en concepto de viático de inspector municipal en el Código 158 a los agentes incluidos en la nómina obrante en el anexo I del presente, y el cese automático de la liquidación de viáticos a aquellos agentes que no consten en dicho anexo I. (*) ARTICULO 4°.- Establécese que dichos viáticos solamente sean percibidos por aquellos agentes que cumplan efectivamente las funciones de inspectores municipales, y asígnesele la responsabilidad a cada jefe o encargado, de informar a la Dirección de Recursos Humanos cuando un agente haya dejado de cumplir dichas tareas. ARTICULO 5°.- Dispónese que en lo sucesivo el monto de los viáticos sea actualizado semestralmente, de acuerdo al aumento del índice de inflación determinado por el INDEC. (*) El anexo mencionado designa personal municipal que desempeña la función de inspector municipal
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