DECRETO N° 998/2007
FECHA: 05.10.2007
PUBLICADO: 24.10.2007
ARTICULO 1°.- Disponer se abone a los cajeros del Juzgado de Faltas el adicional por cajero correspondiente al 60% de la categoría 15° en el código 165, en virtud de lo expresado en el considerando precedente.(1)
ARTICULO 2°.- Exceptuar de lo dispuesto en el decreto N° 724/2006 a los agentes que desempeñan funciones de cajeros en el Juzgado de Faltas.(2)
(1) En los considerandos de este decreto se menciona que los cajeros desempeñan sus funciones en la Justicia de Faltas perciben un adiccional menor que el resto de los cajeros y, por ello, se hace necesario equiparar el mismo en reconocimiernto de las funciomes que realizan como asi mismo a dar un trato igualitario y justo.
(2) En el original de la norma, presumiblemente por error se consignó en la fecha del decreto 724 el año 2006, cuando en realidad, el tema se corresponde con el decreto 724/2005.-