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TITULO:   Tarifa Social Reducida
RESOLUCION N° 11/2006 FECHA: 24.01.2006 PUBLICADO: 09.07.2006 ARTICULO 1°.- Dispónese que para el sostenimiento del beneficio de la Tarifa Social Reducida concedida por el Ente Autárquico de Obras Sanitarias, el beneficiario deberá presentarse con una frecuencia máxima de un año a los efectos de probar el mantenimiento de las condiciones personales, sociales, económicas y edilicias que dieron lugar a la concesión del beneficio, de acuerdo al decreto n° 1982/2005 del Departamento Ejecutivo Municipal. En caso contrario, decaerá el beneficio concedido, hasta tanto se regularice la situación o el solicitante vuelva a reunir los requisitos necesarios para continuar la concesión. ARTICULO 2°.- Notifíquese de la presente resolución a aquellas personas que al momento del dictado de la misma, poseen el beneficio de la Tarifa Social Reducida del Ente Autárquico de Obras Sanitarias, desde un periodo superior a un año a la fecha, dándose en forma excepcional un plazo de 180 (CIENTO OCHENTA) días corridos para regularizar su situación, y a partir de la presentación que hagan de su situación, comenzará a regir lo establecido en el artículo 1°. De no presentarse en ese plazo, decaerá el beneficio concedido, hasta tanto se regularice la situación o el solicitante vuelva a reunir los requisitos necesarios para continuar la concesión.
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