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TITULO:   Jardín Botánico Regional Municipal: Creación
ORDENANZA N° 28045 SANCIONADA: 25.08.1995 PROMULGADA: 08.09.1995 PUBLICADA: 08.09.1995 ARTICULO 1º.- Créase un Jardín Botánico Regional Municipal en el predio del Vivero Municipal -San Carlos-.(1) ARTICULO 2º.- El mismo estará ubicado dentro de los siguientes límites: AL NORTE: Río Uruguay AL NORTE: Calle pública Juan P. Garat y terrenos privados AL SUR Y ESTE: Parque Rivadavia y cuenta con una superficie aproximada de 8 Hs. y 17 As. y 59 Cs. y zona de reserva natural. (1) Ver disposiciones de la ordenanza nº 28236 que reglamenta el funcionamiento del Jardín Botánico Regional Municipal, asignándole, asimismo, nombre.-
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