TITULO: Jardín Botánico Regional Municipal: Creación
ORDENANZA N° 28045
SANCIONADA: 25.08.1995
PROMULGADA: 08.09.1995
PUBLICADA: 08.09.1995
ARTICULO 1º.- Créase un Jardín Botánico Regional Municipal en el predio del Vivero Municipal -San Carlos-.(1)
ARTICULO 2º.- El mismo estará ubicado dentro de los siguientes límites:
AL NORTE: Río Uruguay
AL NORTE: Calle pública Juan P. Garat y terrenos privados
AL SUR Y ESTE: Parque Rivadavia y cuenta con una superficie aproximada de 8 Hs. y 17 As. y 59 Cs. y zona de reserva natural.
(1) Ver disposiciones de la ordenanza nº 28236 que reglamenta el funcionamiento del Jardín Botánico Regional Municipal, asignándole, asimismo, nombre.-