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TITULO:   Control Area peatonal
DECRETO Nº 25693/1992 FECHA: 30.04.1992 PUBLICADO: 30.04.1992 ARTICULO 1º.- Dispónese que por la Secretaría de Gobierno y Hacienda se recabe de la Jefatura Departamental de Policía se efectúe un control durante las 24 horas en el área peatonal, a fin de brindar seguridad a la zona y asistir a los agentes Municipales en aplicación de los distintos puntos de la ordenanza.- ARTICULO 2º.- Establécese que la Dirección de Policía Municipal controle en el horario matutino y vespertino especialmente en el horario de comercio el cumplimiento de la ordenanza Nº 25677.-(1) ARTICULO 3º.- Dispónese que la Dirección de Parques y Jardines afecte personal para el servicio de placeros para el regado de los canteros como asimismo afectar al personal para el funcionamiento de las fuentes.- ARTICULO 4º.- Establécese que por la Dirección de Tránsito se afecte una guardia permanente en el área peatonal para asegurar el cumplimiento de la ordenanza Nº 25677 especialmente en los artículos 2º, 3º, 4º, 5º y 6º.- ARTICULO 5º.- Disponer que la Dirección de Saneamiento Ambiental proceda al control de lo establecido en el artículo 10º de esa ordenanza.- ARTICULO 6º.- Establécese que por la Subsecretaría de Servicios Públicos se instrumente el servicio de recolección de residuos en el horario de 8:00 a 9:00, estableciéndose servicios complementarios si lo estima necesario.- (1) La ordenanza nº 25677 establece disposiciones con relación al area peatonal. Para su consulta remitirse al texto completo de la norma que obra en este mismo punto.
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