Servicios | Online

Cerrar

Imprimir

TITULO:   Reglamentación Ordenanza nº 21593
RESOLUCION N° 21594/1984 FECHA: 10.04.1984 ARTICULO 1°.- Reglamentase la ordenanza N° 21593 de fecha 9 del corriente, de la siguiente manera: a) El municipio proveerá sin cargo a los interesados dos ejemplares del formulario de declaración jurada en una ventanilla designada especialmente al efecto.- b) El propietario presentará dichos formularios con los datos consignados ante la Oficina de Registro Inmobiliario para su control y posteriormente los entregará en la ventanilla correspondiente.- c) El funcionario que recibe los formularios controlará la totalidad de los datos requiriendo del interesado los faltantes que pudiere detectar y devolverá una copia de los mismos con su firma y sello.- d) La copia restante se archivará en la Sección de Obras Privadas para su posterior control.- e) Posteriormente en plazo de 180 días el interesado presentará en Mesa de Entrada el formulario que le fuera devuelto (en original) acompañado de original y dos copias del plano general de obra y original y una copia del plano de electricidad.- f) Formado el expediente, la Mesa de Entradas girará el mismo directamente a la Sección de Obras Privadas.- g) Inspectores de la Sección Obras Privadas controlarán la exactitud de los datos consignados con una inspección de la que se dejará constancia de conforme o no conforme en el espacio correspondiente del formulario.- h) Las documentaciones con el conforme de Inspección serán liquidados en la sección de Obras Privadas y giradas a Obras Sanitarias para su liquidación, hecho lo cual pasará a Contaduría para su cobro.- i) Las documentaciones NO CONFORME serán observadas debiéndose presentar nuevamente confeccionadas en forma correcta.- j) Una vez abonados los derechos correspondientes, Contaduría devolverá el expediente a la Sección de Obras Privadas para su registro y posterior entrega de una copia general de obra y electricidad debidamente sellada.- k) La copia restante del plano general de obra junto a la planilla correspondiente se enviará a Obras Sanitarias, quedando en el expediente los planos originales, una copia del formulario y las liquidaciones efectuadas el que será enviado a valuaciones y posteriormente al archivo de la Sección de Obras Privadas.-
Secretaría de Hacienda y Finanzas Públicas
Departamento de Sistemas - Dirección de Informática - ©
webmaster@concordia.gob.ar
www.concordia.gob.ar