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TITULO:   Programa Federal de Huertas Educativas
LEY NACIONAL Nº 25829 (1) SANCIONADA: 26.11.2003 PROMULGADA: 06.01.2004 PUBLICADA: 07.01.2004 ARTICULO 1° - Créase el PROGRAMA FEDERAL DE HUERTAS EDUCATIVAS a desarrollarse en el ámbito del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, con acuerdo del Consejo Federal de Cultura y Educación. ARTICULO 2° - El Programa Federal de Huertas Educativas, a través de la creación de huertas en las escuelas, tiene por objetivo promover la apropiación de conocimientos y la generación de habilidades específicas en los alumnos, así como la producción y provisión de elementos nutricionales sustantivos, ya sea a través de comedores escolares u otras alternativas. También constituye un objetivo del programa la promoción y desarrollo de valores como el trabajo en equipo, la cooperación y la solidaridad. ARTICULO 3° - La aplicación del programa establecido en el artículo 1° de este proyecto se llevará a cabo en todos los establecimientos educacionales del país que se incorporen al mismo. ARTICULO 4° - El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, con acuerdo del Consejo Federal de Cultura y Educación, suministrará la información y formación básica para la instrumentación de las huertas educativas del PROGRAMA FEDERAL. ARTICULO 5° - El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, y el Consejo Federal de Cultura y Educación, establecerán mediante convenio con el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), la provisión de información adecuada a los fines específicos de este programa, en base a la experiencia acumulada por el precitado Instituto en su programa PRO HUERTA. ARTICULO 6° - Los productos elaborados en las huertas serán destinados prioritariamente al consumo de los miembros de las respectivas comunidades educativas que los elaboren, así como también a las poblaciones carenciadas cercanas a estos establecimientos. ARTICULO 7° - El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología y el Consejo Federal de Cultura y Educación determinarán las pautas correspondientes para la implementación del Programa promoviendo la participación de los diferentes actores de la comunidad educativa, vale decir docentes, auxiliares, padres y alumnos. (1) Mediante resolución 32650/2004 la Municipalidad de Concordia se adhirió a esta ley. Remitirse a la misma que obra en este Digesto Municipal.-
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