ORDENANZA N° 21602
SANCIONADA: 12.04.1984
PROMULGADA: 16.04.1984
ARTICULO 1°.- Exímese del pago de la Tasa General Inmobiliaria a los clubes cuyos predios estén ubicado debajo de la cota 14.-
ARTICULO 2°.- La eximisión a que alude el artículo anterior comprende únicamente los predios ubicados debajo de la cota 14 y no aquellos clubes que tuvieran fuera de tal cota.-
ARTICULO 3°.- La presente eximisión será de aplicación para la Tasa General Inmobiliaria a partir de la correspondiente al año 1984.-