ORDENANZA N° 7245
SANCIONADA: 13.09.1935
PROMULGADA: 16.09.1935
ARTICULO 1°.- Sobre la base de la compilación de ordenanzas realizadas hasta el año 1923, su ordenación, confrontación, depuración y adaptación a la nueva Constitución y Carta Orgánica, confecciónese el Digesto de la Municipalidad de Concordia.
ARTICULO 2°.- Fijase un plazo máximo de ocho meses para este efecto.
ARTICULO 3°.- Desígnase al Secretario del Honorable Concejo Deliberante Don Juan J. Ardoy, para la organización y la realización de ésta tarea extraordinaria, facultándosele para tomar dos empleados súper necesarios a su cargo.
Los haberes que devengan estos empleados se abonarán con los recursos que crea esta ordenanza.
ARTICULO 4°.- Encomiéndase al Señor Jefe del Departamento Ejecutivo, gestionar de la imprenta oficial de la provincia, la infracción económica de este Digesto.
ARTICULO 5°.- Asígnase la suma de DOS MIL PESOS MONEDA NACIONAL que se imputará a la Partida de Ordenanzas Especiales del Presupuesto de Gastos de 1936.-