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TITULO:   Programas Habitacionales
ORDENANZA N° 32862 (Texto ordenado mediante la modificación introducida por la ordenanza n° 32927) SANCIONADA: 19.08.2004 PROMULGADA: 26.11.2004 PUBLICADA: 13.12.2004 ARTICULO 1°.- Toda localización de nuevos conjuntos habitacionales que se pretenda llevar a cabo fuera de la planta urbana de la Municipalidad de Concordia por programas oficiales de Entre Ríos (I. A. P. V.), y/o cualquier otro organismo oficial, provincial, o nacional, ya sea a través de cualquier otro programa, deberá contar con la previa y expresa autorización del Honorable Concejo Deliberante. (*) (*) Texto según ordenanza N° 32927
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