ORDENANZA N° 32862
(Texto ordenado mediante la modificación introducida por la ordenanza n° 32927)
SANCIONADA: 19.08.2004
PROMULGADA: 26.11.2004
PUBLICADA: 13.12.2004
ARTICULO 1°.- Toda localización de nuevos conjuntos habitacionales que se pretenda llevar a cabo fuera de la planta urbana de la Municipalidad de Concordia por programas oficiales de Entre Ríos (I. A. P. V.), y/o cualquier otro organismo oficial, provincial, o nacional, ya sea a través de cualquier otro programa, deberá contar con la previa y expresa autorización del Honorable Concejo Deliberante. (*)
(*) Texto según ordenanza N° 32927