RESOLUCION N° 129/2004
FECHA: 18.10.2004
ARTICULO 1°.- El reparto de facturas y notificaciones del servicio medido de agua y especiales se llevará a cabo por el personal que se detalla en el anexo I de la presente, fuera del horario administrativo de trabajo.- (1)
ARTICULO 2°.- El directorio podrá modificar dicho listado cuando lo considere necesario, haciéndolo constar mediante el acto administrativo correspondiente.-
ARTICULO 3°.- La retribución mensual que le corresponderá a cada uno de los integrantes incluirá el reparto de las correspondientes facturas y notificaciones del servicio medido y especiales.-
ARTICULO 4°.- La coordinación y control de todas las tareas detalladas precedentemente estará a cargo del encargado del sector relevamiento.-
(1) No se transcribe el anexo I de la presente resolución, ya que el mismo designa a personal municipal a cargo de la tarea motivo de la presente.-