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TITULO:   Flores
DECRETO N° 20673/1981 FECHA: 17.03.1981 ARTICULO 1°.- Prohíbese la instalación de vendedores ambulantes de flores en la vía pública en la Avenida Las Heras desde calle Alvear hasta calle Villaguay, como así también en las calles transversales a Avenida Las Heras a una distancia de 200 metros de ésta.- ARTICULO 2°.- Prohíbese asimismo el estacionamiento de vendedores ambulantes de flores en la vía pública en otros sectores de la ciudad a una distancia de 100 metros de negocios de florería establecidos.-
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