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TITULO:   Línea de Ribera
DECRETO PROVINCIAL N° 1391/1995 FECHA: 10.04.1995 PUBLICADO: 26.09.1995 ARTICULO 1°.-Determínase la línea de ribera de la Ciudad de Concordia en 10,72 metros (diez metros con setenta y dos centímetros), relacionada al hidrómetro del Puerto de Concordia, de acuerdo a la definición hidrológica de las crecidas medias ordinarias, fijadas por la dirección de Hidráulica y Recursos Hídricos, de conformidad a lo dispuesto por decreto N° 3235/91. ARTICULO 2°.- La dirección de Catastro de la Provincia adoptará las medidas necesarias para el registro de la línea definida y cumplimiento del artículo 2° del decreto n° 3235/91. ARTICULO 3°.- La Dirección de Hidráulica y Recursos Hídricos coordinará con la Municipalidad de Concordia la vía a adoptar para difusión de lo dispuesto por el presente decreto como así también lo atinente a la demarcación de la línea de ribera. ARTICULO 4°.- El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Obras y Servicios Públicos en virtud del artículo 137° de la Constitución Provincial y artículo 12° de la ley 8613.(1) (1) Ver disposiciones del decreto 27809/95 que determinó que la dirección de Catastro y la Asesoría Legal realice todas las acciones que correspondan para darle plena aplicación a la línea de ribera .Remitirse al texto completo del mismo que obra en este Digesto Municipal
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