DECRETO Nº 29683/1997
FECHA: 15.10.1997
PUBLICADO: 24.10.1997
ARTICULO 1º.- Establécese que en los llamados a licitación privada ó pública se deberá conformar un único expediente en dónde conste todos los elementos del llamado, como asimismo del primer llamado y si fuera necesario del segundo en los casos que fueren necesario, destinado a la adquisición de bienes de uso para la comuna, destinado a optimizar el trámite y dirigido a que la adjudicación sea a la oferta más conveniente a los intereses municipales.