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TITULO:   Entre Ríos - Circulación
DECRETO Nº 18209/1974 FECHA: 23.08.1974 ARTICULO 1º.- Prolóngase el sentido de circulación de calle Entre Ríos de sur a norte hasta su intersección con calle República del Paraguay.- (1) ARTICULO 2º.- Para el correcto desplazamiento de los vehículos, la Dirección de Tránsito procederá al señalamiento de dicha arteria.- (1) El decreto nº 13359/55, aprobado por ordenanza nº 13474, restituyó el nombre de calle Entre Ríos a la calle que hasta ese momento se denominaba Juan Domingo Perón, creada esta última mediante ordenanza nº 11857/70.- ORDENANZA Nº 18227 SANCIONADA: 11.09.1974 PROMULGADA: 13.09.1974 ARTICULO 1º.- Apruébese el decreto Nº 18209 de fecha 23/8/74, dictado por el Departamento Ejecutivo, ad-referéndum del Honorable Concejo Deliberante, por el cual se dispone la prolongación del sentido del tránsito de vehículos por calle Entre Ríos, desde Boulevard San Lorenzo hasta su intersección con calle República del Paraguay.- (2) (3) (2) La ordenanza nº 19147 estableció el sentido de circulación sur-norte a calle Entre Ríos desde Libertad hasta República del Paraguay.- (3) La ordenanza nº 21683/84 estableció los nombres de calles del Barrio La Bianca, prolongando la calle Entre Ríos otorgándole el sentido de circulación sur-norte otorgado ya por anteriores normas.-
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