ORDENANZA N° 26383
SANCIONADA: 01.04.1993
PROMULGADA: 16.04.1993
PUBLICADA: 16.04.1993
ARTICULO 1°.- Dispónese el envío de personal de Inspección a recorrer la ciudad, a fin de evitar la venta de artículos de pirotecnia de ingreso clandestino y no autorizado.-
ARTICULO 2°.- Facúltase al Departamento Ejecutivo a proceder a sancionar con multas a negocios o personas que tuvieran en su poder tales artículos para su venta, so pena de clausura y decomiso de la mercadería a que se hace referencia en el artículo 1°.-
ARTICULO 3°.- El material decomisado será destruido por personal capacitado en algún predio donde no constituya riesgo alguno, tanto para personas como para bienes, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de haberse realizado el procedimiento.-