ORDENANZA Nº 25515
SANCIONADA: 04.02.1992
PROMULGADA: 10.02.1992
PUBLICADA: 10.02.1992
ARTICULO 1º.- Establécese con carácter obligatorio el uso de mecanismos de esterilización de aquellos elementos capaces de producir heridas cortantes y que sean usados por peluqueros, podólogos, manicuras y todos aquellos que desarrollen tareas afines.- La esterilización que contempla este artículo deberá efectuarse en condiciones tales que no constituyan un riesgo potencial para la transmisión de enfermedades infecto contagiosas.-
ARTICULO 2º.- La Municipalidad de Concordia, a través de la dirección de la Asistencia Pública, procederá a publicar las drogas y mecanismos esterilizadores que sean idóneos para el cumplimiento de la finalidad establecida en el artículo anterior.-