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TITULO:   Carnet de Peluquero
ORDENANZA Nº 31848 SANCIONADA: 21.09.2000 PROMULGADA: 09.10.2000 PUBLICADA: 09.02.2001 ARTICULO 1º.- Toda persona física que solicite la habilitación de un negocio de peluquería deberá acreditar idoneidad mediante la presentación del carnet de peluquero expedido por una entidad con personería jurídica conforme a los artículos n° 1º, 2º,3º,4º,7º,13º y concordantes con la ley provincial n° 7190. Tal requisito alcanzará de igual forma a todo individuo que ejerza la actividad dentro del local. Para el caso de personas jurídicas, será exigible al personal en relación de dependencia y/o con participación societaria.(1) ARTICULO 2º.- El lugar físico donde se desarrollará la actividad deberá contar con: a) Libreta sanitaria de todo individuo, cualquiera fuere al encuadre legal del establecimiento y la situación o función de los mismos en él, a excepción del personal administrativo o de mantenimiento. b) Disyuntor diferencial instalado correctamente con cobertura total de las instalaciones sin perjuicio de los demás requerimientos técnicos establecidos por la entidad proveedora de energía. c) Esterilización: Por alta temperatura, rayos ultra violetas o de acuerdo a las normativas establecidas en la ordenanza n° 25515.(2) d) Tratamiento de efluentes: Memoria descriptiva de productos químicos y elementos a usar y su disposición final, sin perjuicio de las demás normativas establecidas para negocios similares, a las que deberán allanarse. ARTICULO 3º.- Las inspecciones de los locales comerciales serán llevados a cabo por personal municipal designado a tal efecto. ARTICULO 4º.- Disposición complementaria: La presente ordenanza entrará en vigencia a los noventa días de promulgada. (1) La ley provincial nº 7190 sobre peluqueros, puede ser consultada en este mismo punto. (2) La ordenanza nº 25515 establece con caracter obligatorio el uso de mecanismos de esterilización de aquellos elementos capaces de producir heridas cortantes y que sean usados por peluqueros, podólogos, manicuras y aquellos que desarrollen tareas afines.-
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