TITULO: Elaboración de Pan: Mejoradores Químicos: Prohibición
ORDENANZA N° 9024
SANCIONADA: 15.09.1939
PROMULGADA: 18.09.1939
ARTICULO 1°.- Prohíbese a las casas del ramo, el empleo de mejoradores químicos en la elaboración del pan y facturas, galletas y derivados.-
ARTICULO 2°.- El Departamento Ejecutivo dispondrá la ejecución periódica de análisis químicos y bacteriológicos del pan, utilizando unidades de cada una de las panaderías.-
ARTICULO 3°.- El análisis debe comprender como mínimo; examen organoléptico, determinación del agua; determinación de las cenizas; acidez; determinación de la materia grasa; determinación de los hidratos de carbono; celulosa y nitrógeno; determinación del cloruro de sodio y determinaciones microscópicas.-
ARTICULO 4°.- El Departamento Ejecutivo procederá a decomisar toda elaboración que no llene lo establecido en esta ordenanza y/o aplicar multas que oscilen entre cincuenta y quinientos pesos moneda nacional.- (1)
ARTICULO 5°.- El Departamento Ejecutivo reglamentará esta ordenanza.-
ARTICULO 6°.- Derógase toda disposición que contraríe la presente.-
(1) La moneda mencionada ha perdido vigencia en el tiempo.-