ORDENANZA N° 11094
SANCIONADA: 01.10.1948
PROMULGADA: 11.10.1948
ARTICULO 1°.- En lo sucesivo el Departamento Ejecutivo exigirá como requisito previo a la instalación de fábricas, talleres o depósitos destinados a la elaboración de pólvora, explosivos y elementos pirotécnicos, la presentación del plano aprobado por la Dirección General de Fabricaciones Militares.-